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Concesiones portuarias en Moín: ¿mentiras convenientes?

Ante el reciente anuncio de los representantes de la empresa AMEGA y del Consejo Nacional de Concesiones (CNC) sobre el tema del Canal Seco y, en particular, de la localización de la terminal portuaria en Moín, se devela una cantidad de dudas sobre los estudios y decisiones realizadas en el tema de concesiones portuarias en Moín, al punto que podrían ser calificadas como mentiras y engaños. Algo que requiere argumentarse y analizarse con mayor profundidad.Alternativas: para comenzar por el principio, corresponde explicar que al momento de realizar un Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) de un proyecto, en particular aquellos de grandes dimensiones (megaproyectos), debe justificarse su localización y diseño respecto a otras alternativas contempladas. En el caso de la Terminal de Contenedores de Moín de APM Terminals (APMT) este requisito se tuvo que cumplir, al menos parcialmente, con el Anexo Único entregado a la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) en septiembre del 2014, dado que en el EsIA entregado en el 2013 no se había explicado. Resulta que en el Capítulo V del Anexo Único se indica que, como parte del Plan Maestro de Desarrollo Portuario Limón - Moín, en el 2008 fueron consideradas 4 alternativas (A: Plan JAPVEVA, B: Plan Santander, C: Plan AMEGA y D: Nuevo Plan Maestro para Moín). Tres de esas alternativas se localizaban en el sector oeste de la Bahía de Moín, y una de ellas (la “C”) se localizaba en el sector oeste, como una extensión de los puertos actuales. En el Cuadro V2 del documento (ver adjunto) se presenta una exigua matriz comparativa y de calificación de las alternativas del Plan Maestro, en el que se consideran aspectos de: planificación portuaria, aspectos náuticos, compatibilidad con utilización actual/proyectada de terrenos, aspectos económicos y aspectos sociales y ambientales. La “C” tiene la peor calificación en planificación portuaria, aspectos náuticos y aspectos económicos, pero la mejor calificación en aspectos “sociales y medio ambientales”. Finalmente, la mejor calificada resulta ser la “D”, la que finalmente se selecciona, pese a que en el mismo documento se afirma que “el Plan Maestro no entra en detalles en lo que concierne a la parte ambiental”. Es importante aclarar que la selección de una alternativa es un proceso de descarte, de manera que, según lo señalado, las otras alternativas contempladas fueron “eliminadas”, dejando únicamente la “D”. Al menos este es el argumento que se señala la SETENA para justificar la localización y diseño propuesto a la Terminal de APMT en el sector oeste de Moín. Alternativa que, como hemos señalado (ver www.allanastorga.com), no era la correcta desde el punto de vista ambiental, lo cual queda claramente evidenciado por la evaluación de impacto ambiental realizada y que todavía no se ha resuelto. Otra Terminal: lo que sorprende ahora es que se diga que se está estudiando para concesión el proyecto de AMEGA, que es la Alternativa “C” y que fue descartada como sitio para la localización de un puerto en el 2008.  O bien, es que en el 2008 ¿ya se conocía que esa alternativa también se iba a desarrollar?. Si es así, ¿por qué eso no se ha aclarado con total transparencia a las autoridades y la sociedad en general? Como se ve, saltan serias dudas sobre la “planificación” realizada y las decisiones estratégicas tomadas, dado que parecen seguir una línea de imposición, con poco fundamento técnico de apoyo, en particular en materia ambiental. Y es que es precisamente en ese tema donde debería tenerse más criterio, porque en el caso de la APMT, al no haberse considerado con más detalle, ha llevado a que se plantee un diseño que generaría, como consecuencia, grandes e irreversibles daños ambientales a los ecosistemas marinos, la costa, la pesca y hasta el turismo de la provincia de Limón. Con el agravante de que solo implica menos de 500 empleos nuevos, aunado al riesgo de que afecte a más de 2.000 que ya existen en la actualidad. Consideremos en la balanza, además, la cantidad de comunidades del Caribe que dependen del turismo, el cual se basa en la salud de los arrecifes coralinos, los cuales, con el proyecto de APMT serían muy seriamente afectados. Cuesta creer que a nuestras autoridades les importe tan poco el bienestar y las fuentes de ingreso de las comunidades caribeñas. Esta situación pone en evidencia que la manera en que se están haciendo las cosas en el CNC no  es para nada la correcta. La improvisación, la desplanificación y la imposición  parecen ser los criterios que norman su actuar. Actuar que de no cambiarse en corto plazo podría tener muy serias consecuencias económicas para todos los costarricenses, a quienes tocará pagar las “indemnizaciones” a las empresas, como sucedió en el caso de la Carretera a San Ramón.  Se pone en evidencia la urgente necesidad de intervención de esta entidad. Soluciones: aparte de la intervención al CNC, y dentro de la línea de impulsar la modernización y mejoramiento portuario de Limón - Moín, todavía se está a tiempo de corregir la serie de decisiones desacertadas tomadas durante los últimos 6 años (ver “APMT y decisiones impostergables”, Diario Extra, 18 nov. 2014) y que, con el plan AMEGA, se pueden seguir incrementando.  El Plan Maestro debe ser corregido  y mejorado, dándole un buen sustento ambiental, lo cual es posible con los estudios técnicos realizados hasta ahora. Además, es relevante destacar que sí es posible encontrar una rápida solución técnica y ambiental, e incluso socialmente equilibrada, que permita el desarrollo verdaderamente sostenible de las dos terminales que se plantean. Lo único que se requiere es un cambio de actitud de las autoridades y que se den cuenta que han heredado un plan maestro mal concebido y fundamentado en una serie de decisiones incorrectas, que más bien parecen imposiciones envueltas en datos confusos, incompletos y contradictorios, cuyo objetivo parece ser confundir y lograr así metas para nada claras. Un gobierno del "cambio" debe cambiar la manera de hacer las cosas, so pena de perder toda credibilidad.

 

APMT y decisiones impostergables

Ante la situación que se ha presentado con el Megaproyecto de la Terminal de Contenedores de Moín, particularmente por la forma en que se ordenó la toma de decisiones estratégicas, se impone una reflexión sobre la manera en que se decide en materia estratégica, a fin de corregir, de una vez por todas, esa práctica que nada bueno le deja a nuestro país.Tomo de ejemplo este megaproyecto porque por un asunto de responsabilidad profesional me he dado a la tarea de revisar con detalle las miles de páginas que conforman el Estudio de Impacto Ambiental y el Anexo Único entregado por la empresa a la SETENA en el marco de la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA). Y además, porque es un tema que está vigente y seguirá siendo objeto de atención en el futuro cercano. No obstante, hay otros proyectos recientes que podrían mencionarse también, como: el Proyecto Minero Crucitas, la Ruta 27, la carretera a San Carlos, la carretera a San Ramón, o proyectos en ciernes, como la refinería china, la carretera 32, el PH Diquís, el Aeropuerto en Osa o la Geotermia en Parques Nacionales, solo por mencionar algunos que requieren de decisiones estratégicas en los próximos meses o años.

Megaterminal de Moín:  este proyecto surge como parte del Plan Maestro de Desarrollo Portuario Moín – Limón desde el año 2008, cuyos estudios técnicos se habían iniciado unos años antes. La EIA deja con total claridad que en ese año, 2008 las autoridades de gobierno tomaron una serie de decisiones desacertadas que hoy, 6 años después, se han convertido en un verdadero problema para todos. Para los que nos abocamos a estos temas, el período 2008-2010 se caracteriza por decretos inconsultos de conveniencia nacional, intervención de la SETENA por el Ministerio de la Competitividad, intentos de burlar vía decreto la legislación ambiental, y otras prácticas vergonzosas que han terminado en los tribunales con los resultados que todos conocemos. Resulta que en el Plan Maestro se contemplaron 4 diferentes alternativas de localización y diseño general de la Terminal. Tres de esas alternativas se localizaban en la parte oeste de la Bahía de Moín y una de ellas (alternativa C) en la parte este, como una extensión de los muelles actuales. Las alternativas fueron valoradas según una serie de criterios, muy generales, donde la componente ambiental parece haberse limitado al análisis de si se debía desviar o no el río Moín. Los criterios sociales aplicados no se explican, pero se debe recordar que para ese momento había un muy serio conflicto entre las autoridades de gobierno y el sindicato de Japdeva. Quedará como un misterio el saber cuánto pesó ese conflicto en la selección final de la alternativa decidida en el mes de  septiembre del 2008, que llevó a plantear que el nuevo muelle se localizara como una isla artificial, en el sector oeste de la Bahía de Moín, frente a una extensa zona de humedales y en un lugar cuyas condiciones geológicas y geotécnicas eran inciertas. Una primera decisión desacertada. En el mes de diciembre del  2008 Japdeva presenta a la SETENA el documento ambiental inicial (D1) con la totalidad del Plan Maestro, dentro del que se incluía el proyecto de la Terminal de Moín. La SETENA resuelve de forma muy expedita en el mes de febrero del 2009, y otorga la “viabilidad ambiental potencial” y señala que se deben realizar Estudios de Impacto Ambiental para cada proyecto. La viabilidad potencial no implica ningún compromiso para el Estado, solo permite que se avance en asuntos administrativos a riesgo del desarrollador. Aquí nos encontramos con la segunda decisión desacertada, pues la SETENA debió haber solicitado, en cumplimiento de su reglamento, una Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) del Plan Maestro, que permitiera mejorar el análisis del alternativas y, dado el caso, corregir con el debido tiempo y antelación las decisiones incorrectas que se pudieron haber tomado antes. No se hizo. Se pierden tres años de tiempo, hasta el 2012, cuando en el mes de febrero se firma el contrato de concesión para la Terminal de Moín con una empresa holandesa, a quien se le dice que debe asumir el riesgo de demostrar que el megaproyecto es ambientalmente viable por medio de una EIA. La empresa inicia la elaboración de la EIA, a finales del 2012 y entrega el Estudio a la SETENA en abril del 2013. Estando todavía la EIA en revisión, en octubre del 2013, el Concejo Nacional de Concesiones (CNC) aprueba el diseño definitivo del proyecto y su presupuesto final.  Para colmo de males, el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos en enero del 2014 aprueba los planos del proyecto, siempre sin que se hubiera resuelto nada sobre la EIA, como si este fuera un simple trámite de visado. ¡Nuevas decisiones desacertadas! En abril del 2014 la SETENA, pese a las advertencias realizadas y documentadas, emite una Resolución en la que solicita la presentación de un Anexo Único a la EIA, donde se hacen más de 110 observaciones que cuestionan la casi totalidad del megaproyecto. Nueva decisión desacertada, ya que según la misma información suministrada por la empresa, el megaproyecto no tiene visos de poder ser viable ambientalmente. Ahora, en noviembre del 2014, resulta que ese Anexo Único está en revisión, pero la nueva información suministrada termina de comprobar lo que ya se había advertido: la alternativa de localización y diseño no es la apropiada, y por tanto, el megaproyecto no debe ser objeto de viabilidad ambiental. Nótese que es hasta 6 años después que se abre un debate complejo y que no debería serlo, dado que es absolutamente técnico, pero que ahora se entremezcla con temas como “seguridad jurídica”,  “eficiencia”, “lucha sindical”, “radicalismo ambiental”, entre otras. Algo que no debería suceder y que nos podría llevar a que se tomen nuevas y graves decisiones desacertadas. Corrigiendo errores: aunque todavía es incierto lo que va a suceder con el Megapuerto de Moín, hay una clara lección que debemos aprender: tenemos que corregir, desde ya, la forma en que se toman las decisiones estratégicas en nuestro país. Esa es una decisión impostergable, pues debemos evitar que se sigan repitiendo los mismos errores de siempre y que cada vez nos llevan a una situación más crítica caracterizada por un severo entrabamiento en el desarrollo del país. De no corregir esto, las nuevas decisiones en temas tales como la geotermia en parques nacionales, la refinería china, la matriz energética, la Ruta 32 y otros muchos proyectos y acciones estratégicas van a seguir por el mismo camino de decisiones desacertadas que si representan una verdadera y absoluta falta de eficiencia y claro ejemplo de inseguridad jurídica. La solución existe en nuestra legislación ambiental desde hace 10 años. El suscrito ha sido insistente desde hace varios años (ver www.allanastorga.com) en que urge promover la Planificación Estratégica en nuestro país, con herramientas modernas de introducción de la dimensión ambiental en el momento correcto, por medio de las EAE. Incluso el instrumento de reglamentación lo tiene la SETENA desde el año 2009, cuando la Iniciativa Paz con la Naturaleza se lo aportó. Instamos a las autoridades de gobierno para que retomen esa propuesta e implementen, de una vez por todas, los instrumentos apropiados de toma de decisiones estratégicas. Postergar más esa decisión va a seguir generando consecuencias muy negativas y consolidando una imagen bastante lamentable de nuestras autoridades. Las cuales parecieran convencidas de que el Estado de Derecho es una simple figura que se asimila  a un Estado afirmando "esto es legal porque así lo decreto yo". Nada más alejado de lo que se entiende por Estado de Derecho: el "affaire" Crucitas es una clara ilustración de ello.

 

Destrabando la planificación territorial

La planificación territorial corresponde al proceso mediante el cual se definen los usos del suelo para los espacios geográficos. En nuestro país se ordena mediante los planes reguladores o planes maestros (de desarrollo). Es esencial para promover el desarrollo sostenible del país. En cambio, su ausencia es altamente perjudicial dado que promueve la desplanificación y el desorden del desarrollo urbano y rural, así como un significativo aumento de la condición de riesgo a las amenazas naturales, en particular en un país geológicamente activo como Costa Rica. La Ley de Planificación Urbana (del año 1968) contempló, con gran visión, que todos los cantones deberían disponer de un plan regulador, sujeto a actualización cada cinco años. Esos planes reguladores deberían circunscribirse dentro un plan más amplio denominado Plan Nacional de Desarrollo Urbano, objetivo que todavía sigue sin cumplirse. Tarea que el Instituto Nacional de Urbanismo (INVU) todavía nos debe.

Evaluación Ambiental: en el 2002, la Sala Constitucional, mediante el voto 01220, señaló la necesidad de que los planes reguladores realizaran “un examen de impacto ambiental” a fin de que se ordenaran según el artículo 50 constitucional. Como respuesta, el Poder Ejecutivo, en el Reglamento General de procedimientos de evaluación de impacto ambiental (Decreto 31849-MINAE-SALUD-MOPT-MAG-MEIC de 2004), introduce un capítulo de Evaluación Ambiental Estratégica y señala que los planes reguladores y cualquier otra planificación de uso del suelo deben introducir la variable ambiental.

La metodología de introducción de la variable ambiental en los planes de ordenamiento territorial, se publica en el 2006, mediante el decreto ejecutivo No. 32967 MINAE. Esta metodología, se basa en la aplicación del denominado Índice de Fragilidad Ambiental (IFA), cuyo objetivo primordial es generar un mapa de zonificación ambiental, acompañado de una tabla resumen de las limitantes y potencialidades técnicas que condicionarán el uso del suelo en cada zona ambiental. La metodología de los IFA está planteada para que sea elaborada de forma rápida y a un costo más bien bajo, a fin de que sirva de base al equipo planificador, para elaborar la propuesta de uso del suelo.

Hasta el año 2010 la SETENA tramitó más de quince viabilidades ambientales de planes de ordenamiento territorial, incluyendo el Plan Regional Urbano y Rural de la Gran Área Metropolitana (PRUGAM). No obstante, la “actitud” de la SETENA, intervenida de manera muy cuestionable por el Ministerio de la Competitividad (2008) cambió y el trámite de viabilidades ambientales se complicó, al punto que durante el periodo 2010 – 2014 el 74 % del total de los informes ambientales de los planes reguladores fue rechazado o archivado por la SETENA. Algunos expedientes de municipalidades tienen trámites de más de ocho años.

El origen de ese entrabamiento tiene que ver con dos causas principales. Por un lado, la aplicación sumamente estricta de los requisitos del decreto ejecutivo No. 32967 – MINAE, lo cual es contraproducente con el objetivo primordial que establece dicho decreto.

El otro factor tiene que ver con la Resolución 382 que la SETENA emitió, de forma inconsulta e ilegal, en el año 2009 que incrementó los requisitos técnicos de los informes ambientales de los planes reguladores. Me permito señalar que es ilegal en la medida de que contradice el mismo decreto citado, pues este indica claramente en su Sección 8 que cualquier modificación o ampliación que se haga al mismo debe cumplir un procedimiento específico de participación, debiendo ser publicado mediante decreto ejecutivo, procedimiento que no se cumplió.

Vulnerabilidad hidrogeológica: este factor condicionante del uso del suelo tiene que ver con la posibilidad de que un manto de aguas subterráneas (acuífero), que se presente bajo un terreno, pueda ser contaminado como producto de las actividades productivas que se den en el mismo.

La vulnerabilidad depende de la posibilidad de que un contaminante pueda llegar hasta el acuífero desde la superficie.

Así, si hay una roca impermeable que proteja el acuífero, la vulnerabilidad será baja o insignificante, pero si el acuífero no está protegido y se presenta a una profundidad más bien somera, la vulnerabilidad puede ser alta y hasta extrema.

La llamada Matriz del SENARA, elaborada desde el año 2006, para ser aplicada en el cantón de Poás, fue formalizada por la Sala Constitucional en el año 2012 para que sea aplicada de forma obligatoria en todo el país. La Matriz tiene lineamientos muy específicos sobre el uso del suelo, estableciendo parámetros que prohíben el desarrollo de actividades, hasta el establecimiento de coberturas de uso del suelo y la implementación de sistemas de tratamiento. 

Todos tenemos en mente el desastre ocurrido en Barreal de Heredia debido a fugas de un depósito de combustibles ubicado en una zona vulnerable, cuyos costos de remediación y mitigación fueron asumidos por el Estado: es precisamente prohibir o regular la ubicación de este tipo de actividades de alto riesgo lo que se propone en dicha Matriz.

No obstante, y con relación al tema de los planes reguladores, la Matriz vino a complicar su aprobación, en la medida de que la SETENA señaló, de manera totalmente errónea, que la realización del mapa de vulnerabilidad, la aprobación del SENARA del mismo y la aplicación de la Matriz, eran requisitos a cumplirse, previo al trámite de viabilidad de un  informe ambiental de un plan regulador. Algo que no está incluido en el decreto ejecutivo No. 32967 – MINAE.

Buscando soluciones: este entrabamiento que tienen los planes reguladores hace que decenas de estos se encuentran estancados. Con el agravante de que para cumplir esos nuevos requisitos se requieren inversiones muy altas y además implica largos tiempos. Algo que nuestro país no puede darse el lujo de hacer por trabas que no tienen ningún sentido real.

La solución a esta situación puede ser muy simple. Por un lado, pasa por la derogación de la Resolución 382 – 2009 SETENA, por su carácter ilegal, a fin de mantenerse en los límites técnicos del decreto 32967 – MINAE y dentro del marco del cumplimiento de su objetivo fundamental. 

La otra solución también es simple, en la medida de que se elimine el requisito de la aplicación de la Matriz del SENARA como parte del trámite de viabilidad del informe ambiental. La justificación es sencilla, ya que en el método de los IFA, el tema hidrogeológico se toma en cuenta, pero como una limitante técnica y no como restricción legal, como es la Matriz.

En razón de eso, esa restricción legal aplica a la zonificación del plan regulador y por eso no debe ser incluida como parte de los IFA, sino en el Reglamento de Desarrollo Sostenible, según lo que establece el Decreto 32967 - MINAE.

Como puede verse, con solo estas dos correcciones de procedimiento, que no implican ningún cambio legal, sino más bien una clara comprensión de la aplicación de la metodología de los IFA, será posible destrabar la planificación territorial de nuestro país.

Es un asunto de decisión política de nuestras autoridades, las cuales durante la última campaña nos hablaron mucho de su compromiso con la sostenibilidad hídrica y ambiental, pero aún no derogan una larga lista de textos aprobados en las últimas administraciones que van en dirección contraria.

 

*Geólogo Ambiental

Plan de energía y diálogo nacional

Las nuevas autoridades de gobierno han anunciado la apertura de un diálogo nacional para discutir el Plan Nacional de Energía. Se trata de una buena noticia que, aunada al informe de la Contraloría General de la República que señala “errores” en dicho Plan, promovido por las administraciones anteriores, abre una esperanza de que ahora si se tiene la intención de desarrollar un Plan energético, fruto de una discusión abierta, participativa y transparente. Algo que requiere ser apoyado para que se haga de la forma más correcta y completa a fin de que perdure por el suficiente tiempo para dar al país la urgente sostenibilidad energética que requiere. Errores del pasado. En varios artículos previos (www.allanastorga.com) hemos criticado la forma en que se ha realizado la “planificación estratégica” en nuestro país, al punto que hemos llegado a la conclusión de que más bien se trata de “desplanificación”.  Lo cual se debe a una serie de errores cometidos, y que requieren ser corregidos como parte de esta nueva oportunidad que se abre.

La planificación que se ha realizado hasta ahora se basa más en la imposición de una serie de lineamientos que el resultado de un verdadero análisis y discusión de alternativas y la toma de decisiones balanceadas en el marco de un derrotero común.

Imposición que parte de un “pequeño círculo técnico - político” que discute las propuestas, elabora el plan y lo lleva a “consulta” más bien cerrada, de actores relacionados (por no decir beneficiados) cuyo objetivo es que se valide la propuesta, la cual termina publicándose (a veces como decreto ejecutivo), y al que se le da el rimbombante nombre de Plan o Política Nacional (de energía, transporte, desarrollo hotelero, áreas protegidas, etc.).

Por lo general, cuando el plan se publica, poca gente se da cuenta de su existencia. Para algunos pocos, que tienen la oportunidad de conocerlo, una vez superada la sorpresa de su alcance, cuando lo analizan, empiezan a cuestionarlo y señalarle errores, dado su enfoque parcializado y falta de visión social y ambiental, algo común para planes realizados dentro de un ámbito “cerrado”.

En algunos casos, durante la elaboración del plan se abre el espacio para la “lluvia de ideas”. Esto se hace mediante foros presenciales y/o digitales de discusión de propuestas. Este proceso, aunque pareciera a primera vista más abierto, termina con un problema similar, pues al final es un pequeño círculo “técnico – político”, muy cerrado, el que toma las diferentes propuestas y sintetiza los lineamientos del nuevo plan.

Bajo esta modalidad la poca planificación estratégica que se ha realizado en nuestro país termina en un documento vacío, que pocos conocen y reconocen como suyo, razón por la cual su validez se pierde con facilidad, termina convirtiéndose en un documento más de poca incidencia en la realidad nacional y el desarrollo del país.  Es un claro ejemplo de como la ocurrencia se impone a la inteligencia.

Oportunidad. Las nuevas autoridades de gobierno, al menos en el ámbito del plan de energía, han anunciado que desean que se haga como producto de un diálogo abierto y ampliamente participativo, con representación de todos los sectores relacionados. Este planteamiento está más cercano a la forma en que se elabora un plan estratégico, pero todavía surge la duda de ¿cuál va a ser la base metodológica de ese diálogo abierto?

Se hace este cuestionamiento en razón de que si ese elemento esencial no se define de previo y de forma correcta, se corre el grave riesgo de que, por más buena intención con que se haga, se termine en el mismo producto de la imposición antes señalada. Además, se subraya que el riesgo sería muy grave, pues además de perder una valiosa y única oportunidad, se perdería también una gran cuota de credibilidad, algo que no es para nada conveniente, cuando todos reconocemos que nuestra sociedad quiere un verdadero cambio en nuestro país.

Como hemos señalado previamente, la metodología para realizar esa discusión ya existe y está en práctica en muchos países desde hace tiempo, corresponde con la denominada Evaluación Ambiental Estratégica (EAE).

La metodología está basada en un proceso de discusión abierta, ante diferentes representantes de diversos sectores del país: instituciones, empresarios, organizaciones ambientales y sociales, academia y comunidades, entre otras.   Ello, sin menoscabo de que se realice un proceso abierto de participación más amplio, en particular con el objeto de informar y tener ideas sobre planteamientos a realizar.

La entidad responsable de la EAE debe discutir la Política, Plan o Programa (PPP), considerando temas clave, basado en un diagnóstico general de la situación actual y su proyección futura, las alternativas a considerar, los alcances ambientales (incluyendo los sociales) estratégicos, la síntesis de PPP, los acuerdos de lineamientos de ejecución de la PPP y las salvaguardas ambientales y sociales que deberán ser implementadas como parte de la PPP.

Como hemos dicho, la EAE de la PPP se basa en tres principios fundamentales: información, participación y transparencia. Puede ser ejecutada en pocos meses y su producto final genera un Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA) que registra todo el proceso, los acuerdos y también los disensos. Dicho ISA pasa por la autoridad ambiental para su registro y viabilidad ambiental, a fin de que sirva de instrumento de control y seguimiento por parte de la sociedad civil.

La EAE puede ser actualizada periódicamente sobre la base de una metodología como la que se ha explicado. Con el uso de facilidades digitales de comunicación, se puede garantizar la información, participación y transparencia de ese proceso de mejora continua.

Solución pendiente. Como hemos señalado previamente el Reglamento General de Procedimientos de evaluación de impacto ambiental (Decreto Ejecutivo No. 31849-MINAE-SALUD-MOPT-MAG-MEIC) de 2004 establece que: ”la Evaluación Ambiental Estratégica tiene como objetivo integrar la variable de impacto ambiental a la planificación del desarrollo económico del país. Se aplica a los planes, programas y políticas de desarrollo nacional, regional y local; generados en municipios, cuencas hidrográficas y regiones específicas; y cuyo fin sea el planeamiento del uso del suelo, el desarrollo de infraestructura (urbana, vial, portuaria, comunicaciones, energética, turística y agrícola, entre otros), o bien el aprovechamiento de los recursos naturales (minería, energía, hidrocarburos, agua, flora y fauna). “.

Lo que todavía está pendiente es que el Poder Ejecutivo emita el reglamento que norme los detalles de la metodología, cuyo borrador está en posesión de la SETENA desde hace cinco años!

En materia del plan de energía, su elaboración es indispensable realizarla dentro de una correcta EAE, con un amplio proceso de participación, información y transparencia. Solo así se podrá garantizar que se trata de Plan que emerge de la misma sociedad y no de una acción política de visión parcializada.

Elementos tales como las alternativas a la nueva refinería, el uso de biocombustibles, la apertura controlada a la generación de energía privada, el uso de biocombustibles, la disminución de la factura petrolera, el ahorro energético, la estrategia de carbono neutralidad, el desarrollo de megaproyectos hidroeléctricos estratégicos considerando el tema de cambio y variabilidad climática, el desarrollo de proyectos de energía alternativa (solar, eólica y a partir de biomasas), y la estrategia de producción de energía geotérmica de alta y baja entalpía, entre otros muchos elementos, deben ser considerados como parte del nuevo Plan Nacional de Energía a discutirse y generarse por medio de una EAE.

No sobra decir que una correcta EAE de este Plan abre el espacio para que se emule en otras PPP de valor estratégico para el desarrollo del país.

De allí que nos encontremos en una coyuntura muy importante, cuya valiosa oportunidad no debe perderse. Darse el lujo de menospreciar la EAE es propio de políticos irresponsables garantes del problema que hereda la actual administración del Presidente Solís.

Insostenibilidad ambiental del Plan GAM 2013–2030

Debido a la transcendencia que tiene el hecho de que el pasado 2 de mayo del 2014 se publicara en el diario oficial La Gaceta el reglamento del Plan GAM 2013 – 2030, y al hecho de que el autor coordinó la introducción de la variable ambiental en la propuesta de Plan que representó el PRUGAM y que obtuvo viabilidad ambiental en el año 2009, me he dado a la tarea de revisar el soporte ambiental de Plan GAM de reciente publicación. He llegado a la inquietante conclusión de que el mismo no cuenta con el correcto y debido sustento ambiental, volviendo insostenible su aplicación, con consecuencias muy negativas en la ya caótica situación urbana que tiene nuestra Gran Área Metropolitana. Insostenibilidad: algunos de las contradicciones principales que tiene el Plan GAM 2013 – 2030 respecto a la zonificación y viabilidad ambiental de la GAM del año 2009, son las siguientes:

1.    Se permitirá la construcción vertical, sin límite de altura, en franjas de hasta 500 metros a ambos lados de los corredores de transporte público. La viabilidad ambiental vigente establece límites de altura hasta 14 pisos, con el fin de controlar la densidad de población y darle a la GAM un patrón de crecimiento urbano más uniforme. Es claro que no poner límites de altura implicará un cambio significativo en el paisaje urbano de la GAM, con el agravante colapso del tránsito vehicular, sin que se pueda modificar la trama vial ya existente y altamente sobrecargada.

2.    Se incrementará la contaminación ambiental de nuestros ríos y acuíferos, ya que a los nuevos edificios que se construyan en la GAM no se les exigirá que tengan plantas de tratamiento de aguas residuales. Con el solo hecho de que se conecten al alcantarillado sanitario será suficiente. Lo malo, como ya hemos señalado antes (ver www.allanastorga.com) es que ese alcantarillado no termina en una planta de tratamiento, sino que lo que hace es verter las aguas negras directamente a los ríos Torres, María Aguilar, Tiribí y Virilla, entre otros. Esta situación ya ocurre con muchos de los edificios que se han construido en San José, alrededor de la Sabana, y ahora se generalizaría en toda la GAM.

3.    Se permitirá que se rompa el anillo de contención urbana de la GAM por parte de los municipios cuando elaboren sus planes reguladores, con el agravante de que al no condicionar el que las municipalidades queden sujetas al cumplir con los lineamientos ambientales del Plan, contenidos en el Reglamento Zonificación Ambiental y Desarrollo Sostenible de la GAM y aprobado desde el año 2009, se abre la puerta para que dicha expansión urbana fuera del anillo de contención siga una tendencia como la que hasta ahora se ha dado, es decir, caótica, en la que imperan criterios económicos sobre criterios ambientales.

4.    Se incluye el lineamiento de que se den incentivos y se paguen compensaciones a los propietarios privados, cuyos terrenos tienen limitaciones de uso por asuntos ambientales, mientras que por otro lado, y a pesar de la mención al tema ambiental en el reglamento publicado del Plan GAM, a la hora de la verdad, se dice que seguirán imperando los usos del suelo ya establecidos, como si la protección del ambiente fuese un tema secundario y absolutamente sacrificable. 5.    Mientras que, por un lado, se descarta el uso de los mapas de áreas de recarga acuífera estratégica establecidos en los estudios ambientales aprobados para el PRUGAM en el 2009 y se señala que los mismos serán lo que defina a futuro el SENARA; por otro lado, se cambian los lineamientos de protección de estas áreas establecidos en el Reglamento de Desarrollo Sostenible de la GAM, por un lineamiento abierto que permitiría que se pueda dar desarrollo urbano sobre estas áreas de muy alta fragilidad ambiental. Con esto se estaría consolidando un proceso que se ha venido dando desde hace años y que requiere una pronta solución, como es la impermeabilización de las zonas de montaña de la cordillera volcánica, donde se localizan las áreas de recarga acuífera más importantes de la GAM. Se condena así a la GAM y su población a seguir sufriendo por temas de agua, algo absolutamente irracional y suicida cuando se analiza respecto a las proyecciones de cambio climático.

6.    Lo mismo sucede con el tema de las zonas de alta y muy alta amenaza a los  deslizamientos, ya que en el Plan GAM 2013 – 2030 no se hace referencia a los mapas aprobados en el 2009, sino que dicho mapa se sustituye por un mapa de deslizamientos activos de la GAM, algo que tiene muy serias consecuencias, ya que se induce a interpretar que el resto de las zonas de montaña que son de alta y muy alta fragilidad ambiental por su vulnerabilidad a los deslizamientos, son urbanizables. Una conclusión totalmente contradictoria con la legislación ambiental y hasta irresponsable en la medida que induce a que se urbanicen zonas no aptas para ello.

Confite envenado: aunque existen más pruebas de la insostenibilidad ambiental del Plan GAM publicado en mayo, llama notablemente la atención que la versión de dicho Plan del mes de enero del 2014 y que la prensa anunció como la versión que se firmó en casa presidencial el día 21 de enero, tenía un mejor sustento ambiental.

No obstante, mientras en la página electrónica del MIVAH se informaba al público que el reglamento estaba en “Leyes y Decretos” para su publicación, al parecer, durante ese tiempo fue objeto de cambios, incluso de fondo, e inconsultos, que modificaron el alcance de la parte dispositiva del Plan. Llevándolo a una situación de insostenibilidad. Y probablemente de inconstitucionalidad, dado que no se sustenta en la viabilidad ambiental del año 2009, a pesar de que lo diga, como decimos los ticos, “de la boca para afuera”.

De esta manera, el Plan GAM 2013 – 2030 representa la culminación de un fracasado y pusilánime proceso que llevó a cabo la administración anterior, en la que, en vez de retomar el PRUGAM, primero elaboró, por medio del INVU, una desastrosa propuesta que denominó POTGAM, la cual, finalmente, derivó en una propuesta como el Plan GAM publicado en mayo, y cuyo principal objetivo es seguir favoreciendo el uso indiscriminado de la propiedad privada, por encima de los intereses colectivos, de protección de las personas y del ambiente mismo.

Así las cosas, el Plan GAM 2013 – 2030 publicado en pasado 2 de mayo se convierte en algo así como un “confite envenenado”, que algunos defienden como la culminación de un gran trabajo, pero que en realidad en su esencia lleva elementos altamente tóxicos para el desarrollo futuro de nuestra ya atribulada y caótica Gran Área Metropolitana.

Alternativa de solución: dado que el reglamento del Plan GAM aprobado por el Consejo de Planificación Urbana en enero del 2014 tenía un mejor sustento ambiental, la alternativa a seguir, de corto plazo, debería ser sustituir el reglamento de mayo por esa versión, incorporando en el mismo solo las correcciones de forma y no de fondo que se hicieron entre enero y mayo del 2014. A un mediano plazo, debería contemplarse la actualización rápida del PRUGAM y su revisión por parte del INVU.

Además, dada la gravedad de lo sucedido, se hace imperativo efectuar una investigación que analice quiénes y cómo se realizaron los cambios de fondo a un reglamento aprobado y firmado por la Presidenta y que estaba en vías de publicación. Una irresponsabilidad que requiere ser llevada hasta las últimas consecuencias.