Debido a la transcendencia que tiene el hecho de que el pasado 2 de mayo del 2014 se publicara en el diario oficial La Gaceta el reglamento del Plan GAM 2013 – 2030, y al hecho de que el autor coordinó la introducción de la variable ambiental en la propuesta de Plan que representó el PRUGAM y que obtuvo viabilidad ambiental en el año 2009, me he dado a la tarea de revisar el soporte ambiental de Plan GAM de reciente publicación. He llegado a la inquietante conclusión de que el mismo no cuenta con el correcto y debido sustento ambiental, volviendo insostenible su aplicación, con consecuencias muy negativas en la ya caótica situación urbana que tiene nuestra Gran Área Metropolitana. Insostenibilidad: algunos de las contradicciones principales que tiene el Plan GAM 2013 – 2030 respecto a la zonificación y viabilidad ambiental de la GAM del año 2009, son las siguientes:
1. Se permitirá la construcción vertical, sin límite de altura, en franjas de hasta 500 metros a ambos lados de los corredores de transporte público. La viabilidad ambiental vigente establece límites de altura hasta 14 pisos, con el fin de controlar la densidad de población y darle a la GAM un patrón de crecimiento urbano más uniforme. Es claro que no poner límites de altura implicará un cambio significativo en el paisaje urbano de la GAM, con el agravante colapso del tránsito vehicular, sin que se pueda modificar la trama vial ya existente y altamente sobrecargada.
2. Se incrementará la contaminación ambiental de nuestros ríos y acuíferos, ya que a los nuevos edificios que se construyan en la GAM no se les exigirá que tengan plantas de tratamiento de aguas residuales. Con el solo hecho de que se conecten al alcantarillado sanitario será suficiente. Lo malo, como ya hemos señalado antes (ver www.allanastorga.com) es que ese alcantarillado no termina en una planta de tratamiento, sino que lo que hace es verter las aguas negras directamente a los ríos Torres, María Aguilar, Tiribí y Virilla, entre otros. Esta situación ya ocurre con muchos de los edificios que se han construido en San José, alrededor de la Sabana, y ahora se generalizaría en toda la GAM.
3. Se permitirá que se rompa el anillo de contención urbana de la GAM por parte de los municipios cuando elaboren sus planes reguladores, con el agravante de que al no condicionar el que las municipalidades queden sujetas al cumplir con los lineamientos ambientales del Plan, contenidos en el Reglamento Zonificación Ambiental y Desarrollo Sostenible de la GAM y aprobado desde el año 2009, se abre la puerta para que dicha expansión urbana fuera del anillo de contención siga una tendencia como la que hasta ahora se ha dado, es decir, caótica, en la que imperan criterios económicos sobre criterios ambientales.
4. Se incluye el lineamiento de que se den incentivos y se paguen compensaciones a los propietarios privados, cuyos terrenos tienen limitaciones de uso por asuntos ambientales, mientras que por otro lado, y a pesar de la mención al tema ambiental en el reglamento publicado del Plan GAM, a la hora de la verdad, se dice que seguirán imperando los usos del suelo ya establecidos, como si la protección del ambiente fuese un tema secundario y absolutamente sacrificable. 5. Mientras que, por un lado, se descarta el uso de los mapas de áreas de recarga acuífera estratégica establecidos en los estudios ambientales aprobados para el PRUGAM en el 2009 y se señala que los mismos serán lo que defina a futuro el SENARA; por otro lado, se cambian los lineamientos de protección de estas áreas establecidos en el Reglamento de Desarrollo Sostenible de la GAM, por un lineamiento abierto que permitiría que se pueda dar desarrollo urbano sobre estas áreas de muy alta fragilidad ambiental. Con esto se estaría consolidando un proceso que se ha venido dando desde hace años y que requiere una pronta solución, como es la impermeabilización de las zonas de montaña de la cordillera volcánica, donde se localizan las áreas de recarga acuífera más importantes de la GAM. Se condena así a la GAM y su población a seguir sufriendo por temas de agua, algo absolutamente irracional y suicida cuando se analiza respecto a las proyecciones de cambio climático.
6. Lo mismo sucede con el tema de las zonas de alta y muy alta amenaza a los deslizamientos, ya que en el Plan GAM 2013 – 2030 no se hace referencia a los mapas aprobados en el 2009, sino que dicho mapa se sustituye por un mapa de deslizamientos activos de la GAM, algo que tiene muy serias consecuencias, ya que se induce a interpretar que el resto de las zonas de montaña que son de alta y muy alta fragilidad ambiental por su vulnerabilidad a los deslizamientos, son urbanizables. Una conclusión totalmente contradictoria con la legislación ambiental y hasta irresponsable en la medida que induce a que se urbanicen zonas no aptas para ello.
Confite envenado: aunque existen más pruebas de la insostenibilidad ambiental del Plan GAM publicado en mayo, llama notablemente la atención que la versión de dicho Plan del mes de enero del 2014 y que la prensa anunció como la versión que se firmó en casa presidencial el día 21 de enero, tenía un mejor sustento ambiental.
No obstante, mientras en la página electrónica del MIVAH se informaba al público que el reglamento estaba en “Leyes y Decretos” para su publicación, al parecer, durante ese tiempo fue objeto de cambios, incluso de fondo, e inconsultos, que modificaron el alcance de la parte dispositiva del Plan. Llevándolo a una situación de insostenibilidad. Y probablemente de inconstitucionalidad, dado que no se sustenta en la viabilidad ambiental del año 2009, a pesar de que lo diga, como decimos los ticos, “de la boca para afuera”.
De esta manera, el Plan GAM 2013 – 2030 representa la culminación de un fracasado y pusilánime proceso que llevó a cabo la administración anterior, en la que, en vez de retomar el PRUGAM, primero elaboró, por medio del INVU, una desastrosa propuesta que denominó POTGAM, la cual, finalmente, derivó en una propuesta como el Plan GAM publicado en mayo, y cuyo principal objetivo es seguir favoreciendo el uso indiscriminado de la propiedad privada, por encima de los intereses colectivos, de protección de las personas y del ambiente mismo.
Así las cosas, el Plan GAM 2013 – 2030 publicado en pasado 2 de mayo se convierte en algo así como un “confite envenenado”, que algunos defienden como la culminación de un gran trabajo, pero que en realidad en su esencia lleva elementos altamente tóxicos para el desarrollo futuro de nuestra ya atribulada y caótica Gran Área Metropolitana.
Alternativa de solución: dado que el reglamento del Plan GAM aprobado por el Consejo de Planificación Urbana en enero del 2014 tenía un mejor sustento ambiental, la alternativa a seguir, de corto plazo, debería ser sustituir el reglamento de mayo por esa versión, incorporando en el mismo solo las correcciones de forma y no de fondo que se hicieron entre enero y mayo del 2014. A un mediano plazo, debería contemplarse la actualización rápida del PRUGAM y su revisión por parte del INVU.
Además, dada la gravedad de lo sucedido, se hace imperativo efectuar una investigación que analice quiénes y cómo se realizaron los cambios de fondo a un reglamento aprobado y firmado por la Presidenta y que estaba en vías de publicación. Una irresponsabilidad que requiere ser llevada hasta las últimas consecuencias.