El ordenamiento del territorio, es un proceso político, económico, social, ambiental y cultural encaminado a determinar los usos de los espacios geográficos de un territorio, a fin de dar sostenibilidad al desarrollo y al manejo sustentable de los recursos naturales. Es uno de los indicadores que mejor identifica el grado de desarrollo que tiene un país, ya que una nación que no cuente con una efectiva y eficiente planificación del territorio no puede pretender llegar a ser un país desarrollado. En esta materia, Costa Rica enfrenta grandes desafíos a corto, mediano y largo plazo.
Resulta sorprendente que después de 43 años de vigencia de la Ley de Planificación Urbana, tan solo un 5% del territorio haya sido objeto de planificación urbana. A esto se suma que la planificación urbana de la Gran Área Metropolitana, aprobada en el año 1982 y designada como Plan GAM 1982, fue severamente irrespetado a lo largo de la década de los años ochenta y noventa. En particular, esto ocurrió por el impulso a la construcción de vivienda social, dado por la primera administración Arias.
El resultado fue que para el año 2004 se habían construido fuera del anillo de contención más de 10.200 hectáreas, pese a que dentro del anillo queda un área similar con potencial de ser urbanizada. Este hecho ha convertido a la Gran Área Metropolitana (GAM) en una ciudad desarticulada, disfuncional y altamente estresante, todo lo contrario de lo que debería ser.
Para resolver la ausencia de planes reguladores, en el año 1982, el INVU, promulgó un Reglamento Nacional de Fraccionamiento y Urbanizaciones. Este reglamento, que pudo ser útil en ese momento, con los años se ha convertido en una fuente de muchos problemas, dado que al amparo del mismo se han dado muchos abusos en el tema del desarrollo inmobiliario. Los “parcelamientos agrícolas” que plantea ese reglamento han representando una ventana legal para el desarrollo de condominios, incluso en zonas de montaña y bosque, afectando territorios de las zonas costeras de Guanacaste y la Fila Costeña en Osa y en el Caribe. Ese reglamento tiene fuertes inconsistencias desde el punto de vista ambiental y es posible que sea el principal responsable de la contaminación de las aguas subterráneas por el uso indiscriminado de tanques sépticos que promueve.
Desde el año 1995, con la promulgación de la Ley Orgánica del Ambiente, se definen nuevos lineamientos en materia de ordenamiento del territorio. Así, durante los últimos 16 años han surgido nuevas leyes en materia forestal, de suelos, de biodiversidad, de emergencias y de residuos sólidos que le han dado una nueva dimensión al ordenamiento del territorio. A esto se suma el hecho de que la Sala Constitucional, en al año 2002, señaló que todos los planes reguladores deberían ser objeto de una evaluación ambiental, lo que motivó a que el poder ejecutivo en el 2006 publicara una metodología para introducción de la variable ambiental en el ordenamiento territorial, la cual hoy ha sido y está siendo aplicada por cerca de 50 cantones en el país.
Durante 6 años, y con el apoyo financiero de la Unión Europea, el Ministerio de Vivienda impulsó el Prugam (Planificación Regional y Urbana en la GAM), como una forma de actualizar y modernizar el Plan GAM de 1982, y su modificación de 1997. No obstante, y a pesar de obtener aprobación ambiental en el año 2009, el Plan GAM fue rechazado por el INVU en abril de 2010. Su futuro todavía es incierto, dado que el mismo INVU es el que se encuentra haciendo su “corrección”.
A esta situación se suma que hay una larga fila de espera para la revisión y aprobación de planes reguladores por parte del INVU, lo que hace pensar que se va a requerir mucho tiempo para que entre en vigencia esa planificación.
Mientras tanto, las municipalidades deben seguir dando usos del suelo y permisos de construcción, en muchas ocasiones, en áreas no aptas, incrementando así la condición de riesgo en la que vive al menos el 20% de la población de la GAM. Esta situación representa una “bomba de tiempo” debido a condiciones de cambio climático y la ocurrencia cada vez más frecuente de desastres.
Es claro que en este tema hay muchas instituciones que siguen actuando como hace 40 años y no han determinado la importancia de impulsar de forma acelerada el ordenamiento territorial. Mientras esto siga así, el país seguirá estancado y haciendo que su huella ecológica se incremente.
Urge tomar medidas correctivas, dentro de las que la promulgación de una decreto de emergencia que agilice y priorice la entrada en vigencia de numerosos planes reguladores, en particular aquellos que ya disponen de viabilidad ambiental. Solo así se podría enmendar parte de los grandes yerros cometidos hasta ahora.
Manejo o control integrado de las aguas
Como producto del artículo “Aguas Subterráneas” del señor José Miguel Zeledón, director de Aguas del Minaet, en relación a un artículo del suscrito, surgen una serie de interrogantes nuevas que vale la pena plantearse en particular, en razón de la posible discusión del Proyecto de Ley de Recursos Hídricos en la Asamblea Legislativa.
Llama la atención, que después de 69 años, se le quite el moho y el polvo a la Ley de Aguas y se quiera “recuperar” el “control” de las aguas subterráneas por parte del Minaet.
No se puede dejar de hacer la pregunta: ¿por qué ahora, y no antes, mucho antes?
Y más aún: ¿qué ha hecho la Dirección de Aguas en relación con las fallas detectadas en un sin número de casos que han llegado a los tribunales en los que el Minaet es condenado por inacción, negligencia o inoperancia en relación al manejo de las aguas subterráneas? ¿Necesitará don José Miguel Zeledón una lista al respecto?
Explicaciones. ¿Podría tal vez don José Miguel explicarnos, por ejemplo, qué ha hecho su Ministerio, para, en coordinación con el MAG y el Senara, evitar que se repita el desastre ocurrido con los acuíferos en el Cairo y Milano de Siquirres debido a la contaminación de plaguicidas por las plantaciones de piña alertada desde el 2005 por la UNA y confirmada en julio del 2007 por el Ministerio de Salud? ¿Dónde consta algún protocolo MAG/Minaet/AyA/Senara al respecto para evitar, a modo preventivo, que se repita estar tragedia en otras partes del país? Recordemos que en el 2006 el país contaba con 18.000 hectáreas de piña, y que en el 2010, el mismo MAG reconoció que superan las 54.000. Recordemos que desde julio del 2007, más de 6.000 personas son abastecidas en esa zona de Siquirres por cisternas a un costo de $27.000 mensuales.
Esta necesidad del Minaet de apropiarse de atribuciones de la DIGH de Senara se hace ahora, precisamente después de que la Sala Constitucional le ha dado dimensiones vinculantes a los dictámenes técnicos de la DIGH de Senara. Después de lo de Sardinal, de Barva, después de Autopistas del Sol, o de Playa Grande. Sabemos que en el caso de Crucitas, hace exactamente un año, el funcionario Miguel Ramírez (LN/ 4 de mayo del 2010) denunció públicamente que los “estudios de Senara que avalan el proyecto” mencionados por la magistrada Ana Virginia Calzada nunca existieron, al exigirle el gerente de Senara a un solo técnico un informe elaborado en menos de 24 horas basado únicamente en los informes presentados por la misma empresa minera, y así lo reconoció la misma Sala IV posteriormente.
Obligación de coordinar. Se señalan, por parte del señor Zeledón algunos ejemplos de “gestión integrada”, que con la nueva normativa se resuelven entre el Minaet, Senara y el AyA. Empero, eso no es para nada satisfactorio, debido a que es una obligación legal, establecida en la Ley General de Administración Pública, el que las autoridades gubernamentales coordinen sus acciones: ahora bien, coordinar no significa despojar a una entidad técnica de sus atribuciones para trasladarla a una dependencia más sensible a directrices políticas.
Tampoco resulta lógico que, por no darse coordinación, una entidad quiera asumir todas las funciones en la administración de un recurso natural, como lo es el agua, en clara violación a la ley de creación de Senara, a recomendaciones de la CGR y a varios votos de la Sala IV, el primero de ellos el voto del 2004 (caso Linda Vista de Poás).
Gestión integrada o control integrado. La gestión integrada del recurso hídrico, no significa que todas las funciones en el manejo del agua, se centralicen en una sola entidad. La gestión integrada significa, por el contrario, el desarrollo de una coordinación estrecha entre todas las autoridades, y en particular, el establecimiento y funcionalidad, de reglas claras, técnicas y científicas, para todos los actores sociales.
Confundir gestión integrada con control integrado no debe utilizarse como pretexto de eliminar que una entidad creada por ley haga sus funciones, en particular si esa entidad se ha convertido en una piedra en el zapato del Minaet y sus aspiraciones.
Nos podríamos preguntar qué pasaría si se trasladan todas las funciones primordiales del tema agua a la Dirección de Aguas del Minaet. Se nos dice que no hay problema de control político porque la instancia tendrá (cuando se vote la nueva ley) desconcentración máxima y que esto es garantía de su independencia de criterio. Pero veamos el ejemplo actual de la Setena, un ente de desconcentración máxima definido por la Ley Orgánica del Ambiente desde 1995: en los últimos meses ha tenido como director al viceministro del Minaet.
¿Quién nos garantiza que cuando la Dirección de Aguas del Minaet, después de aprobada la nueva ley, esté tramitando grandes e importantes concesiones de agua, no se haga lo mismo que se hace ahora con la Setena y que sea el criterio político, y no el técnico el que impere en el tema?
Por todo lo anterior, coincido con el señor Zeledón en que “no se puede permitir ser juez y parte”, y eso es lo que se produciría si se le da al Minaet el total control de las aguas superficiales y subterráneas, incluyendo la investigación, la administración, el control de la contaminación y las concesiones.
El riesgo de poner todos esos “huevos” en el mismo canasto, es muy alto, y por eso, ¡no se debe permitir! La nueva ley de recursos hídricos debe modernizar y mejorar la situación actual, no la debe empeorar. No podemos dejar que se despoje a Senara de sus atribuciones legales para dejar en manos de una sola cartera ministerial un recurso tan estratégico como el agua subterránea de Costa Rica.
Riesgo de trasladar las aguas subterráneas al Minaet
Colaboración con: Mario Arias.
Durante las últimas semanas, algunos empleados del Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (Senara) han estado denunciando que se está dando un traslado "forzado" de funciones e información de su Dirección de Investigación y Recursos Hídricos, que administra el tema de las aguas subterráneas, a la Dirección de Aguas del Ministerio del Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (Minaet), creada el año pasado.
Este traslado paulatino se da, además, a la sombra de unos decretos ejecutivos emitidos en los últimos días de la administración Arias, objetados desde un inicio y actualmente ante la Sala IV, y bajo una "comisión de coordinación", no técnica, donde destaca la casi olvidada Dirección de Mejora Regulatoria del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC).
La justificación principal esgrimida para dicho traslado es que existe una supuesta duplicidad de funciones entre ambas instancias y, por eso, la intención de prácticamente cerrar las funciones de una instancia (Senara) y trasladarlas a otra instancia (Minaet), aun cuando esto violente la misma ley de creación del Senara, varias resoluciones de la Sala Constitucional y varias recomendaciones de la Contraloría General de la República en relación con el "manejo" por parte del Minaet de acuíferos costeros. No obstante, es importante analizar esta situación con más cuidado, pues existe un gran riesgo con eso de poner todos los huevos en el mismo canasto.
Valor estratégico. Las aguas subterráneas contenidas dentro de las rocas del subsuelo del territorio continental del país son, muy probablemente, uno de los recursos naturales más importantes que tiene el país, en particular ante la amenaza del cambio climático: podemos adelantar que estamos ante un recurso nacional que se volverá con el tiempo cada vez más estratégico.
Una primera estimación de las reservas de aguas subterráneas en el país nos indica que son de cerca de 400.000 millones de metros cúbicos. Se trata de una reserva estratégica, similar al tanque de agua dulce y limpia que puede tener una casa de habitación, que se utiliza cuando hay racionamiento. Pero, siguiendo esa analogía, no es un tanque con tapa, es vulnerable a la contaminación, donde la única acción válida es la prevención. Además, depende de que se recargue anualmente, con las lluvias que caen y se infiltran en sus áreas de recarga, que no solo son las zonas montañosas altas, sino también las áreas bajas, donde se desarrollan actividades agrícolas y urbanas.
De esta manera, el manejo, uso y protección de las aguas subterráneas es un asunto de gran relevancia para el país, pero sobretodo al ser un tema altamente geocientífico requiere que su administración sea realizada de manera altamente técnica, sin interferencia política de ningún tipo, como la que se evidenció en el caso de Sardinal, de Baulas o de Crucitas.
En efecto, un manejo antojadizo, desordenado, sin planificación y sin efectivos criterios técnicos, podría llevar a que se produzca explotación incontrolada del recurso o bien, su contaminación e inutilización, lo cual resultaría nefasto para un país que es altamente privilegiado en este recurso natural, pero que ya muestra alarmantes señales en cuanto a la planificación de su abastecimiento futuro.
Investigación vs. concesiones. Al presentarse las aguas subterráneas dentro de las formaciones geológicas del subsuelo, cuyas extensiones, características, estructura y parámetros hidrogeológicos, son determinantes para conocer las dimensiones, potencial y vulnerabilidad de un acuífero, el tema de las aguas subterráneas se convierte en un tema geológico y de alto valor técnico. De esta manera, el conocimiento sobre el potencial de recursos de aguas subterráneas va apegado a la investigación geológica que se haga en el país, y a los estudios técnicos hidrogeológicos que se realicen.
Este tema de la investigación sobre el potencial de aguas subterráneas, al ser un elemento técnico, requiere estar separado, de la parte administrativa y política del otorgamiento de las concesiones de agua. Hacer que la parte de investigación y desarrollo quede subordinada a la parte administrativa y política puede representar un serio peligro para el recurso, dado que una visión cortoplacista de desarrollo, como la que impera en algunas partes del país, puede acarrear problemas de sobreexplotación o contaminación, que pueden ser irreversibles, sobre todo ante la amenaza que representa la cambiante condición climática. Como ejemplo, un estudio de la UCR sobre modelizaciones de cara a este fenómeno indica que, en el caso del acuífero de Santa Cruz, un 15% menos de precipitaciones (rango conservador) le significará a ese acuífero una reducción de un 61,86% de sus aguas.
La administración y otorgamiento de concesiones de uso de aguas subterráneas, en particular, para el desarrollo inmobiliario, deben partir de un estricto conocimiento técnico y científico de las condiciones geológicas e hidrogeológicas de los recursos de aguas subterráneas y no, de los requerimientos de agua del mercado. Hacerlo de esa manera, constituye un grave error que debe evitarse a toda costa.
Por esta razón, trasladar las funciones de aguas subterráneas que tiene Senara a la Dirección de Recursos Hídricos del Minaet, se considera un error que parece ir en la dirección antes indicada y que representa un serio riesgo para la preservación de este recurso natural. Nos podríamos preguntar qué habría pasado con el tema del agua en Sardinal, o de la sobreexplotación de pozos en la GAM, si esta situación ya se hubiera dado.
Alternativa de solución. Si realmente se desea mejorar en el tema técnico y científico y fortalecer el componente de aguas subterráneas del Senara, y hacer que el país avance por la senda adecuada, la verdadera solución sería conformar el Servicio Geológico Nacional, y trasladar allí las funciones de investigación en aguas subterráneas, con otras funciones que tiene la Dirección de Geología y Minas, del Minaet.
De esta manera, el Servicio Geológico desarrollaría, de forma técnica e independiente, la investigación e información técnica que se requiere para aportarla a los órganos de administración y manejo de concesiones.
Se garantizaría así un mecanismo de control y manejo equilibrado y apropiado, sin que se corra el riesgo de que todas las funciones estén concentradas en un único ente.
La futura discusión sobre el proyecto de ley de recursos hídricos, cuyos primeros proyectos ya llevan casi 10 años engavetados, debería servir de base para resolver esta situación de una vez por todas, no para agravar la ya frágil situación existente. Las autoridades no deberían proceder a traslados de competencias hasta tanto no se adopte primero una nueva ley al respecto: ¡primero los bueyes, después la carreta!
Crucitas y las lecciones aprendidas sobre el desarrollo de proyectos de inversión
El histórico juicio contra el proyecto minero, ubicado en Las Crucitas ante el Tribunal Contencioso Administrativo que se resolvió el pasado mes de diciembre, a favor de la legalidad y el ambiente y en contra de Industrias Infinito S.A. dejó muchas lecciones importantes que requieren ser repasadas y aclaradas. En particular, dado el hecho que, unos sectores, inmediatamente conocida la sentencia del TCA, salieron a advertir de una supuesta “inseguridad jurídica” a los inversionistas, cuando el verdadero mensaje de esta decisión se inclina por el respeto a la institucionalidad de un país y desnuda los intentos de unos por burlarla.
Lecciones aprendidas: El caso Crucitas, si se revisa con detalle, es similar a un curso intensivo de cómo no se deben tramitar los permisos ante las autoridades de un proyecto de inversión. A modo ilustrativo, ofrecemos 10 lecciones de cómo no se debe proceder:
1. No se deben promover proyectos que destruyan el bosque, cuando existe prohibición de cambio de uso del suelo en zona de bosque. En el caso de Crucitas, desde el año 1996, cuando se aprobó la Ley Forestal, ya existía esa prohibición y esto fue antes de que la minera solicitara la explotación del yacimiento de oro, bajo un bosque.
2. No se debe creer que se puede explotar el oro, si todavía no se tiene la viabilidad ambiental. Crucitas obtuvo en 2001 la concesión para la explotación minera por parte del Poder Ejecutivo, pero condicionado a que obtuviera la viabilidad ambiental. Así resulta manifiesto que el tema del cambio de uso en el bosque, el de los impactos ambientales a generar y el de las medidas a aplicar, deben convencer a la autoridad y a la sociedad para obtener la viabilidad ambiental.
3. Se debe presentar un estudio de impacto ambiental completo, que permita realizar un balance integral sobre el costo beneficio ambiental. El primer estudio de Crucitas fue rechazado por la Setena en el año 2002. No obstante, la empresa insistió y logró que se le solicitara un Anexo, que finalmente fue aprobado en diciembre de 2005. La viabilidad se dio para un diseño de proyecto diferente al que obtuvo concesión en el año 2001 (a mediados de diciembre) y se le dio un plazo de 2 años para iniciar la extracción. Además, el Estudio presentado no cumplía el requisito legal de contar con el refrendo previo del Colegio de Químicos e Ingenieros Químicos.
4. No se debe tramitar la viabilidad ambiental del proyecto mientras esté vigente la moratoria a la actividad minera. Pese a que estaba vigente la moratoria a la minería a cielo abierto promulgada en 2002, la empresa minera insistió con el trámite de evaluación de impacto ambiental. Así, una vez obtenida la viabilidad en diciembre de 2005, no se inició el proceso de extracción, pese al plazo otorgado de 2 años, debido a que no se tramitó ante la Dirección de Geología y Minas la respectiva concesión, la cual, de acuerdo con la Sala Constitucional debería corresponder con el diseño de proyecto que se presentó en el Estudio de Impacto Ambiental.
5. No se debe hacer un cambio significativo en el diseño del proyecto, sin realizar una nueva Evaluación de Impacto Ambiental. La empresa Infinito Gold, en diciembre de 2007 (otro diciembre...), se presenta nuevamente a la Setena con un documento en el que señala que está haciendo un cambio de diseño (se aumenta la explotación de 6 a 9 años y prácticamente se duplica el tonelaje a explotar), en el que se indican solo los efectos positivos de ese cambio, no así los impactos negativos. La Setena en un periodo muy corto (2 meses), sin solicitar un nuevo Estudio de Impacto Ambiental, en incumplimiento de la Ley del Ambiente y del Código de Minería, le otorga viabilidad ambiental a ese cambio de diseño. Se inhibió así a la sociedad costarricense de poder participar en la decisión.
6. No se pueden plantear dos diseños diferentes a sendas autoridades para un mismo proyecto. La Dirección de Geología y Minas tramitó la concesión minera para un diseño de proyecto diferente al que la Setena le otorgó la viabilidad ambiental, que implicaba una explotación para 10 km2 y además, la afectación del acuífero regional inferior en caso de la Setena, mientras que en caso de la DGM no se autorizaba que se afectara dicho acuífero.
7. No se puede otorgar una concesión de explotación minera estando vigente todavía la moratoria a la minería. El Poder Ejecutivo de la Administración Arias, en su apuro por otorgar la concesión de explotación de oro a Crucitas, otorgó esta en 2008, de forma ilegal, un mes antes de que se levantara la moratoria minera promulgada en el año 2002. A este respecto es de señalar que la Setena afirmó delante de los jueces del TCA no saber de la vigencia de dicha moratoria, algo totalmente inaudito para una entidad de ese rango.
8. No se puede otorgar una declaratoria de conveniencia nacional y de interés público si no se cuenta con un estudio de costo beneficio ambiental integral. La Administración Arias otorgó dicha declaratoria en octubre de 2008, para un proyecto privado, sin que se realizara un estudio integral de costo beneficio, ni siquiera con un análisis de los costos ambientales de los efectos del desarrollo del proyecto como debió haberse hecho con la realización de un Estudio de Impacto Ambiental completo para el cambio de diseño.
9. No se debe plantear el desarrollo de un megaproyecto minero a cielo abierto sin un análisis de riesgo integral. Con el cambio de diseño del proyecto, el riesgo inicial se incrementó, no solo en la represa de relaves que en caso de ruptura impactaría el río San Juan, sino por el uso de explosivos y mayor uso de cianuro y de sustancias peligrosas; así como el daño irreversible del acuífero local superior y de impactar de forma directa el acuífero regional inferior que se comparte con Nicaragua, sin contar con una valoración sobre sus efectos regionales de tipo transfronterizo.
10. No se debe plantear la explotación a cielo abierto durante 9 años, dejando la fase de recuperación y control ambiental del cierre por un periodo de 18 meses. Crucitas planteó, en la evaluación ambiental que la fase de cierre tardaría 18 meses, luego de eso, la represa y la laguna de relaves, el lago artificial y otras obras del proyecto quedarían al “garete”, sin que ninguna entidad se hiciera responsable de eventuales daños ambientales. Para colmo de males, la Setena estableció una garantía ambiental de $600 mil, un monto insignificante comparado con el eventual costo de los impactos irreversibles y daños que podría generar el proyecto minero.
A las faltas antes señaladas se suman muchas otras. No obstante, las indicadas demuestran claramente que el proyecto minero planteado tuvo serias e importantes fallas que deben servir de lecciones sobre lo que no se debería permitirle a un proyecto de inversión en Costa Rica.
Paradoja en la prevención de los desastres
Varios informaciones recientes, como son: a) el anuncio del ministro Francisco Jiménez del MOPT de que el país requiere $ 200 millones al mes para rescatar vías (LN: 17.11.2011), b) el artículo de la ministra de Planificación, Laura Alfaro, sobre los costos directos de los desastres en nuestro país (período 1988 – 2009) por un valor acumulado superior a los $1.823 millones (LN, 23.02.201), sin incluir los costos de la Tormenta Tomas por cerca de $71 millones (LN, 17.02.2011), c) la denuncia de la Contraloría General de la República sobre la baja en el presupuesto de prevención en el año 2011 de la Comisión de Prevención de Desastres y Atención de Emergencias (LN, 10.03.2011) y, finalmente, d) las impresionantes imágenes del terremoto ytsunami en Japón, que aunque en el otro extremo del planeta, nos recuerdan cuan cercanos estamos a enfrentarnos a una realidad de ese tipo, cuando la naturaleza nos muestra su cara terrorífica; lleva a concluir que en materia de prevención de los desastres en nuestro país se da una clara paradoja de contradicciones que debemos corregir lo antes posible.
El costo de los desastres. No solo se debe valorar con base en las frías cifras económicas que, aunque muy altas para un país como el nuestro, su alcance humano y para la vida en general, tiene costos y secuelas de mucho mayor valor: ¿Cuántas personas han muerto o fueron heridas? ¿Cuántas familias han perdido sus bienes y no los han podido reponer? ¿Cuántos bienes inmateriales y sueños de progreso fueron cambiados por frustración e impotencia? Es difícil hacer una valoración de estos factores, pero sabemos que todo esto forma parte de los desastres y que, por eso, la clave para disminuir sus efectos es la prevención.
La inversión en prevención. No solo se puede canalizar en el tema de disponer de alimentos y equipos para atender los desastres una vez que han ocurrido. Algunos todavía tenemos fresca la imagen del anterior presidente ejecutivo de la CNE, arrojando frente a las cámaras de televisión, bolsas con alimentos a los víctimas de una inundación como si el sufrimiento de algunos debiera servir de plataforma gratuita de propaganda política para otros.
Sin embargo, estas y otras acciones se dan después del daño, en plena emergencia. Pero la verdadera prevención implica tomar las medidas para que los sitios de riesgo a inundación, deslizamientos, avalanchas, erupciones volcánicas, fallas geológicas activas, licuefacción y tsunamis, no dispongan de construcciones donde habitan personas que no conocen el peligro en que viven, confiados en que las autoridades responsables (INVU, Setena, municipalidades) otorgaron los permisos tomando en cuenta todos esos factores y otros más. Los deslizamientos frecuentes, las correntadas de tierra y escombros que todo los destruyen, la pérdida de infraestructura, o los recientes daños en vidas humanas en Escazú indican que estamos ante autoridades que no cumplen su misión fundamental y ante un problema muy serio de ética profesional de algunos "expertos" o "peritos".
Lo mismo vale para las construcciones de infraestructura para el desarrollo, como las carreteras, que se planifican de forma parcial, considerando factores de costo y de inmediatez, sin que se tomen en cuenta factores clave como la fragilidad de los terrenos que atraviesan y que a la postre, dan al traste con toda la inversión realizada, dejando de herencia una obra de alto riesgo por toda la vida.
Las dos caras de la naturaleza: los costarricenses, al igual que los habitantes de muchos otros países, como Haití, Chile, China y Japón debemos comprender y asimilar que la naturaleza tiene dos caras. Por un lado, es paisajes hermosos, playas paradisiacas, montañas y volcanes imponentes, ríos majestuosos, bosques exuberantes y mares de ensueño; pero por otro lado, se puede manifestar con una cara de terror, con sismos y terremotos, deslizamientos, inundaciones, avalanchas y tsunamis.
A pesar de esto, la naturaleza es sabia y nos muestra, que esos desastres no ocurren en todos los lugares, solo ocurren en lugares específicos donde se presentan las condiciones para que sucedan y los seres humanos, incluso desde tiempos prehistóricos hemos aprendido a identificar los signos del peligro para evitar esos sitios. A pesar de eso, con el crecimiento de la población y por la presión del mercado inmobiliario, donde la ganancia de corto plazo es lo más importante, nos hemos olvidado de reconocer o aceptar esos signos de la naturaleza y hemos promovido y estamos promoviendo la construcción de obras en zonas de riesgo. Y lo peor de todo, es que hemos perdido la capacidad de "leer" las señales tempraneras que envía a veces, como en el caso de la tragedia en Escazú, la naturaleza antes de liberar su fuerza destructora: una humilde familia sí las supo leer y se adelanto a los acontecimientos. Pero las autoridades brillaron por su total miopía (LN: 08.11.2010).
Situación de Costa Rica: en ausencia de un efectivo ordenamiento y planificación del territorio, nuestro país es un claro ejemplo de lo bondadosa que ha sido la naturaleza con nosotros. Solo en la Gran Área Metropolitana, viven más de 100.000 personas en condición de riesgo a inundaciones, esto sin contar aquellas que viven en condiciones de riesgo a fallas geológicas activas, a deslizamientos, avalanchas y desastres volcánicos, que en total pueden alcanzar hasta 500.000 personas, es decir, un 20% del total de la población de la GAM.
Los estudios ambientales hechos para el Prugam delimitaron las zonas de riesgo e identificaron para el 2008 cuántas construcciones había sobre las mismas, e incluso señalaron la importancia de iniciar la realización de planes correctivos. Dichos estudios fueron aprobados desde el punto de vista ambiental en noviembre del 2009, y rechazados por el INVU en abril del 2010, que hacía pocos meses había intentado expandir el anillo de contención de la GAM incluyendo las zonas de alta fragilidad y de riesgo. Hoy, a casi tres años de la finalización de esos estudios, se siguen dando permisos de construcciones en zonas de riesgo, como si el rostro de terror de la naturaleza no existiera, y como si la vidas de las personas que van a habitar esas zonas no fuera importante.
Enfoque de la prevención: en un territorio de alta fragilidad ambiental como lo es Costa Rica, la prevención debe estar íntimamente ligada al correcto y efectivo uso del suelo, al establecimiento de medidas técnicas para las construcciones y en particular, a que las personas conozcan los factores de riesgo y estén preparadas a actuar cuando la situaciones de lluvia o de sismos desencadenan los peligros naturales. Para ello, es fundamental que las municipalidades estén preparadas y capacitadas y que los permisos de uso del suelo que otorgan sigan estrictos criterios técnicos y no de otro tipo. Este elemento es la clave para mejorar la prevención, de allí la importancia que el presupuesto de este tema en la CNE, sea incrementado y canalizado en estos esfuerzos; de lo contrario, poco se habrá avanzado. Nuestro país cuenta desde hace muchos años con las herramientas para avanzar. Lástima que los políticos de turno no comprendan la crucial importancia de actuar sin más dilaciones