Recientes informaciones sobre proyectos en ejecución o sobre nuevos proyectos por desarrollarse en las cercanías de nuestras fronteras, tanto con Panamá como con Nicaragua, nos llevan a llamar la atención sobre la imperiosa necesidad de un acuerdo sobre impactos transfronterizos con ambos países. Este tema, como casi todo, tiene una visión técnica y otra jurídica. Aquí nos enfocamos en aportar insumos desde la primera perspectiva. Los juristas podrán completar el esquema.
Los impactos transfronterizos son los efectos ambientales, por lo general negativos, de un proyecto, obra o actividad, que trascienden las fronteras políticas de un país y pasan a otro país vecino. Pueden manifestarse en todo el ambiente o en partes de este, como el aire, el agua superficial o subterránea, el suelo o subsuelo, la flora o la fauna e, incluso, en patrones culturales y factores socioeconómicos de las comunidades.
El análisis de los impactos transfronterizos está íntimamente relacionado con la evaluación de impacto ambiental (EIA), que es un procedimiento técnico y jurídico, de tipo preventivo, que tiene como fin determinar si un proyecto es viable ambientalmente y determinar las condiciones bajo las cuales debe diseñarse e implementarse.
De esta manera, la valoración de los impactos transfronterizos para un proyecto cercano a una zona limítrofe permite determinar bajo qué condiciones podría ejecutarse el mismo, minimizando y controlando los efectos ambientales negativos que puedan afectar el territorio del país vecino.
La forma de concretar el proceso, desde el punto de vista técnico, en principio, es sencilla, y parte de que las autoridades ambientales del país vecino puedan participar de la fase de EIA del proyecto. Esto se materializa por medio de un traslado del EIA y el establecimiento de un plazo para la presentación de observaciones o sugerencias al mismo y, dado el caso, al proyecto mismo. Resulta muy importante que, como parte del expediente ambiental que se lleva, queden registradas esas observaciones y sugerencias, así como recomendaciones sobre medidas ambientales a aplicar.
Es claro que el país donde se piensa desarrollar el proyecto en cuestión tiene soberanía y autoridad para tomar la decisión final sobre la viabilidad ambiental de este. De igual manera tiene la posibilidad de incorporar medidas y acciones concretas para que el proyecto se ejecute tomando en cuenta observaciones y sugerencias realizadas durante el proceso previo del EIA.
La otra parte del proceso y la más importante corresponde a la fase de control y seguimiento ambiental del proyecto, en el caso de que este haya sido aprobado; y en el que se vigila el cumplimiento de las medidas y condiciones ambientales con las que fue aprobado. Esta tarea es responsabilidad de las autoridades ambientales del país donde se desarrolla el proyecto, empero las autoridades del país fronterizo pueden ser enteradas de los avances, y también, dado el caso, participar con información, desde su país, sobre la forma en que se están concretando los impactos y la medidas ambientales acordadas en la EIA.
Como se ve, desde el punto de vista técnico es un proceso lógico, basado en criterios científicos, donde los elementos claves son el conocimiento a tiempo de la información, la aportación de observaciones y sugerencias, y el registro a tiempo de las mismas así como su incorporación, dado el caso, como parte de los condicionamientos del proyecto, tanto en su fase previa de estudios, como en su ejecución. Los reglamentos sobre EIA de Nicaragua, Costa Rica y Panamá establecen una base para poder trabajar sobre el tema.
Lo contrario. En ausencia de este procedimiento de participación técnica, lo que sucede es lo que ha pasado hasta ahora: proyectos cercanos a una frontera que provocan tensiones innecesarias por falta de consulta con el país vecino. El caso de Costa Rica y Nicaragua de los últimos diez años ilustra bien la situación. Por un lado, Costa Rica tramitó la evaluación de impacto ambiental de un proyecto de minería química a cielo abierto que utilizaría cianuro a menos de cinco kilómetros del Río San Juan, y no tomó en cuenta a las autoridades de Nicaragua como parte del proceso de EIA. Ni siquiera cuando este país le reclamó por la aprobación que se da a la ampliación del proyecto minero. Por otro lado, Nicaragua no tomó en cuenta a Costa Rica, y la cancillería nuestra se contentó con "seguridades verbales" y con un estudio técnico propio basado en una simulación, cuando lo que procedía era exigirle a Nicaragua ser tomados en cuenta en la revisión de la EIA en relación al dragado del Río San Juan. Tuvimos incluso la posibilidad de alertar en este mismo medio en septiembre del 2010 (ver nuestro artículo, Dragado del Rio San Juan, sí habrá impactos ambientales, La Extra, 21/09/2010).
De igual manera nuestra cancillería debió percatarse de probables efectos transfronterizos de un proyecto de represa hidroeléctrica en el Rio San Juan, que podría disminuir notablemente el caudal del agua de este río y consecuentemente del Río Colorado de Costa Rica, con efecto para sus más de 3.000 hectáreas de humedales del Caribe Norte. Lo mismo podemos decir en relación con obras que se desarrollan en el área de la desembocadura del Río San Juan, en el sector del Delta Colorado – San Juan, que es un ecosistema unitario, binacional que como tal, y requiere de una manejo coordinado y bien planificado entre ambos países.
Así las cosas, seguir por ese camino, donde no se comparte información técnica y no se trabaja en conjunto, y donde la información de EIA prácticamente se convierte en un “secreto de estado”, significa escoger la senda hacia un campo fértil para nuevas y futuras tensiones con nuestros vecinos. Este es el camino incorrecto que lleva a más y más denuncias y costosos litigios legales internacionales.
Es por tanto muy importante iniciar un proceso de diálogo y de acuerdos binacionales, encaminados a que, como mínimo, habrá intercambio y participación técnica en el tema de las evaluaciones de impacto ambiental. Si las condiciones no están dadas, hay por lo menos que propiciar un clima que permita reanudar las discusiones sobre este tema con nuestros dos vecinos. Paulatinamente el proceso podría ir avanzando hasta llegar a acuerdos legales binacionales o regionales (centroamericanos) en la materia, como existen en otras partes del mundo. Lo importante, por ahora, es avanzar, hacia la senda correcta, y sin perder de vista que los beneficiarios de todo son las poblaciones de ambos países, particularmente las que viven en sus regiones fronterizas y que poco o nada tienen que ver con los conflictos políticos provocados por la falta de madurez, visión y responsabilidad de los decisores políticos en sus capitales.