Fragilidad Ambiental

Municipalidades y responsabilidades socioambientales

La Constitución Política señala que los gobiernos locales tienen autonomía para tomar decisiones en su territorio. El Código Municipal establece el marco con el que las municipalidades deben gestionar las acciones de administración de ese territorio. Este marco legal representa la “caja de herramientas” para la gestión municipal. Pero esas no son las únicas herramientas, pues se tiene que dar cumplimiento al marco legal nacional, incluidos los preceptos constitucionales.

Uso de suelo (o de la tierra): es uno de las principales funciones de las municipales, así como los permisos de construcción. Es muy importante, dado que define el desarrollo socioeconómico del cantón. Se sigue la lógica de que a mayor cantidad de construcciones, mayor desarrollo tendrá el gobierno local, sin valorar la situación de colapso de un cantón debido a un número elevado de construcciones (en particular en territorios pequeños). Como construcciones se incluyen: casas, desarrollos industriales o agroindustriales, obras de infraestructura y de desarrollo urbano en general.

Es comprensible que en un cantón o distrito se desee desarrollo constructivo y productivo.  No obstante, el alcance del gobierno local no se puede limitar únicamente a aumentar el número de construcciones.  La responsabilidad es más integral y tiene ver con el hecho de que las zonas donde se van a dar sean espacios geográficos seguros y aptos para albergar esas actividades.  Esto es muy importante, dado que también el gobierno local tiene responsabilidad en materia de la protección del ambiente, de los recursos naturales y, en particular, de la vida de sus habitantes. Algo que en momentos en que la humanidad, a modo global, ha alcanzado el limite crítico de la resiliencia de los ecosistemas y, todavía, continúa con un fuerte sacrificio ambiental de la Ecosfera (ver: www.allan-astorga.com), resulta imperativo de tomar en cuenta.

Zonas Especiales: las zonas que no son seguras o que tienen limitaciones importantes para su uso, están definidas como Zonas Especiales por la Ley de Planificación Urbana en su artículo 25 que dice:  “figurarán como zonas especiales, las que soporten alguna reserva en cuanto a su uso y desarrollo, como en el caso de los aeropuertos, los sitios con importancia histórica o los recursos naturales conservables y las áreas demarcadas como inundables, peligrosas o necesarias al propósito de contener el crecimiento urbano periférico”.

El territorio de un cantón o distrito debería tener, como mínimo, una identificación de esas zonas especiales. De esta manera tendría una base técnica para definir usos del suelo y, dado el caso, permisos de construcción. Dada la naturaleza de esas zonas especiales, estas se podrían definir incluso sin tener que esperar a contar con un plan regulador aprobado. El Transitorio II de la Ley de Planificación Urbana y la jurisprudencia constitucional dan el fundamento para que los gobiernos locales, que cuenten con los estudios técnicos, promulguen ordenanzas municipales que permitan mejorar la base con que se establecen los usos del suelo en sus territorios.

Ordenanzas municipales: hemos señalado (ver: www.allan-astorga.com) que al menos 50 municipios cuentan, de forma parcial o total, con una zonificación ambiental por Índice de Fragilidad Ambiental (IFA) o al menos de IFA por amenazas naturales, a una escala apropiada, que permitirían establecer ordenanzas municipales en diversos temas.

Esto es importante para aquellos cantones o distritos que no disponen de Plan Regulador sin la variable ambiental integrada. Las ordenanzas municipales tendrían vigor de ley en el territorio jurisdiccional y determinarían los alcances del uso del suelo que otorgaría la Municipalidad. Como tal, la Ordenanza Municipal debe ser debidamente aprobada por el Concejo y debería estar sujeta, de previo, a un proceso de consulta, via el procedimiento de la evaluación ambiental estratégica (EAE) local o a una audiencia pública.

Los temas de las ordenanzas municipales pueden ser diversos, según la situación de realidad de cada territorio, al incluir: amenazas naturales y gestión del riesgo, gestión de los recursos hídricos superficiales y subterráneos, protección de biotopos, contención urbana, construcción vertical y sus límites de altura, conservación de suelos y gestión del paisaje, entre otros.

Ordenanzas y planes reguladores: como es bien sabido, el tiempo que puede llevar la oficialización de un plan regulador puede ser de años, incluso, décadas.  Con el agravante de que, en ausencia de un plan regulador, lo que aplican son dos reglamentos del INVU: a) Control Nacional de Fraccionamiento y Urbanizaciones, y b) Construcciones, los cuales, aunque en un 95% son útiles desde el punto de vista técnico, en un 5  son altamente permisivos desde el punto de vista ambiental. Al ser ese 5% de la normativa urbana inapropiado y obsoleto, representa una de las principales fuentes de los problemas ambientales que tiene nuestro país, caracterizado por la desplanificación urbana y territorial.

Esos reglamentos del INVU, elaborados en los años ochenta, contradicen la legislación ambiental desarrollada en el país después del año 1995. Por eso, los gobiernos locales, que disponen de zonificación ambiental y/o de amenazas naturales debidamente realizadas, tienen la responsabilidad de actuar en procura de acelerar el desarrollo sustentable de sus territorios jurisdiccionales.

Dentro de esos 50 cantones, se encuentran los 31 cantones de la Gran Área Metropolitana (GAM), para los cuales se emitió, desde el 2012, la Directriz 35–MIVAH–PLAN, aún vigente, que señala: “en toda política, plan, programa o proyecto relacionado con materia de ordenamiento territorial y desarrollo urbano del Gran Área Metropolitana se deben tomar en consideración como insumos los productos generados por el ‘Proyecto de Planificación Urbana Regional de la Gran Área Metropolitana de Costa Rica (PRUGAM)’, que se encuentran disponibles en el siguiente sitio electrónico: http://www.mivah.go.cr/PRUGAM_Productos.shtml”.

Fuera de la GAM, hay otros cantones que tienen zonificación de amenazas naturales cuya información, a una escala apropiada, se encuentra en la CNE. Además, hay otros municipios con los IFA aprobados, por lo que sí es posible avanzar.

Lo único que se ocupa es tomar conciencia de las posibilidades que cada gobierno local tiene no solo para su desarrollo económico, si no también, sobre todo, para un desarrollo sustentable: a mediano y largo plazo, esto último es el que los volverá mucho más atractivos para la inversión.

Montes de Oca: situación ambiental y oportunidad de progreso humano sustentable

Montes de Oca tiene apenas 15,5 Km2. Tiene tres distritos urbanos: San Pedro, Mercedes y Sabanilla, y un distrito “verde”, San Rafael, el cual, ha empezado a urbanizarse aceleradamente.

Montes de Oca forma parte de la Gran Área Metropolitana (GAM) y es “atravesado” por el anillo de contención urbana, que ha impedido que San Rafael se convierta en otro distrito altamente urbanizado.

Alberga muchas de universidades, entre ellas el campus de la UCR y varias instituciones públicas, así como comercios, zonas residenciales y pequeñas industrias.

Fue uno de los primeros cantones en tener Plan Regulador, el cual se ha renovado un par de veces, pero es un claro ejemplo de que el modelo de desarrollo urbano que se ha aplicado, no es sustentable desde el punto de vista ambiental. Algo que aplica también para muchos de cantones de la GAM y del país.

Situación ambiental: en el  2009, por medio del Plan Regional Urbano y Rural de la Gran Área Metropolitana (Prugam) se aprobó, por parte de Setena, la zonificación de fragilidad ambiental de Montes de Oca. se realizó a escala 1:10.000 y se encuentra vigente. En el año 2013, se actualizó.

El resultado arroja importantes datos:

1.    Geoaptitud: la mayoría del cantón califica como de Alta Fragilidad Ambiental, con zonas de Muy Alta Fragilidad. Se debe al tipo de suelo y subsuelo superior, que está formado por espesas capas de cenizas volcánicas y lahares (flujos de origen volcánico), de menos de 100 mil años y que, no están consolidadas, o sea, son deleznables y susceptibles a la erosión.

2.    Geomorfológicamente, el cantón es una ladera distal del volcán Irazú, con pendiente suave a moderada hasta alta, que, combinado con la “mala calidad” geomecánica de las cenizas y lahares, crea una condición moderada hasta alta a deslizamientos.

3.    Hidrogeológicamente, todo el cantón es un área de recarga acuífera. Bajo el cantón hay dos acuíferos, el más superior de potencial bajo y el inferior de potencial alto a muy alto (Acuífero Colima).

4.    Amenazas naturales; inundación de algunos ríos y quebradas, vulnerabilidad por amplificación sísmica y, dos fallas geológicas que “cortan” el cantón en dirección sureste al noroeste.

5.    Bosques y ecosistemas naturales: salvo muy pocas excepciones, el área verde se encuentra en San Rafael. Son bosques secundarios intervenidos, mezclados con potreros con árboles. Ahora están en un serio peligro de ser lentamente urbanizados. Juegan un importante valor ecosistémico (captura de carbono, producción de oxígeno, estabilidad del terreno, paisaje, biodiversidad y mejora de capacidad de infiltración, entre otros elementos).

Situación hidrogeológica:  se analizó la vulnerabilidad hidrogeológica del cantón. Los estudios se encuentran en el Senara. Los resultados son muy importantes:

1.    Las aguas subterráneas son, el recurso natural más importante que tiene Montes de Oca. Bajo la totalidad del cantón se presentan dos acuíferos. El más bajo, a varias decenas de metros bajo la superficie, tiene un espesor promedio de 200 metros, es el más importante. Correspondería con  Acuífero Colima y hacia el Este, pasa hacia otro, el Acuífero (Rancho Redondo).

2.    El acuífero superior, es de menor potencial, pero importante. En el sector de San Rafael presenta 21 manantiales.

3.    El cantón tiene muchos pozos de aguas subterráneas. Algunos se utilizan para el abastecimiento público (AyA). En el Archivo del Senara, se contabilizan 120 pozos, que extraen 234 litros por segundo (121 millones de litros al año) de agua subterránea!

4.    Cuando se compara ese dato con la cantidad de agua de lluvia que se infiltra en el cantón para recargar los acuíferos, resulta que el balance hídrico es negativo para los distritos urbanizados. Esto, se debe al modelo de expansión horizontal que impermeabilizó gran parte de los terrenos. En San Rafael, el balance hídrico todavía es positivo.

5.    La Vulnerabilidad Hidrogeológica del cantón es de Media a Alta, de manera que algunas actividades productivas representan una fuente potencial de riesgo de contaminación del agua subterránea. Esto, y el déficit de áreas verdes en zonas urbanas, debe replantear el modelo urbano de Montes de Oca.

Hacia un modelo urbano sustentable: evaluando la sustentabilidad ambiental del cantón, respecto al modelo de desarrollo urbano desarrollado en las últimas décadas, nos lleva a la clara conclusión que el mismo no ha sido, ni es sustentable.

A pesar de tener plan regulador, por más de 40 años, el modelo urbano del cantón ha sido incorrecto y no compatible con su condición ambiental. Esta situación, combinada con la existencia de una legislación urbana, ambientalmente inadecuada y urbanísticamente permisiva, ha hecho que se haya dado un modelo urbano horizontal equivocado, pues promueve la impermeabilización de los terrenos y la eliminación de las áreas verdes.

Algo que, ahora, por culpa de esa legislación, particularmente el Reglamento de Fraccionamiento y Urbanizaciones, así como el de condominios, está haciendo que ese equivocado modelo de expansión urbana no sustentable, se esté ampliando hacia San Rafael, de forma muy rápida y con el agravante de que es el único territorio del cantón, donde todavía hay posibilidad de recuperar el equilibrio ambiental.

Bajo estas condiciones, urge tomar medidas correctivas y cambiar el modelo de desarrollo urbano. Se deben corregir errores y replantear una renovación urbana, más sustentable.

Desde el punto de vista ambiental, los principales lineamientos que debería tener ese modelo urbano sustentable de Montes de Oca, son:

1.    La cobertura o huella de las construcciones debe limitarse, no debería superar el 30 o 40 %, dependiendo de su condición de vulnerabilidad hidrogeológica. El resto del terreno debe dejarse como áreas verdes, como jardines o mejor aún, como zonas arboladas que permitan la infiltración de las aguas de lluvia al suelo y recarguen los acuíferos.El uso del “zacate-bloc” o concreto permeable, también debiera de promoverse al permitir infiltración del agua en áreas de estacionamiento y demás.

2.    Las áreas calificadas como de muy alta fragilidad ambiental (por su alto riesgo), dadas sus condiciones de Geoaptitud, no deberían ser sujetas de construcción y, más bien, deberían ser objeto de regeneración natural de bosques.

3.    El desarrollo urbano debe ser de tipo vertical, pero regulando apropiadamente las “alturas máximas” (14 pisos, se considera apropiado).

4.    Las aguas residuales no deberían ser tratadas mediante tanques sépticos convencionales. Deben ser recogidas por un alcantarillado sanitario y tratadas en una planta de tratamiento eficiente.

5.    Todos los edificios, de construcción vertical, sin excepción, deberían disponer de sus propias plantas de tratamiento de aguas residuales, así como un sistema de “cultivo de agua lluvia”, para su utilización en las zonas verdes,en batería de sanitarios, y otros usos para los que no es indispensable usar agua potable, de manera que no sobrecarguen, aun más los cursos de agua. En general, todos los edificios (comerciales, institucionales, residenciales o mixtos) deberían ser ecológicos y autosostenibles.

6.    Los tres distritos urbanos del cantón deben ser objeto de una intensa renovación urbana que aumente las áreas verdes, mejore la recarga acuífera y su calidad paisajística. Como parte de ese proceso de recuperación de espacio “verde”, se deber implementar un plan de mejoramiento vial y peatonal que mejore la calidad ambiental de estos distritos del cantón y la movilidad urbana.

7.    En San Rafael, urge detener el desarrollo urbano horizontal y cambiar el modelo urbano por un modelo de mejoramiento y recuperación de las áreas verdes (áreas de protección de manantiales, áreas de recarga acuífera y zonas de riesgo), promoviendo la regeneración del bosque.

Nuevo Plan Regulador, una tarea de todos: desde el año 2002, la Sala Constitucional señaló la importancia de que los planes reguladores realizaran “un examen de su impacto ambiental”. El país, le llamó a esto “introducir la variable ambiental” en el plan regulador o en el plan de ordenamiento territorial. Montes de Oca, aún no lo ha hecho y urge empezar a trabajar en ello.

Esa tarea no le incumbe solamente a la Municipalidad, es también una labor que debemos emprender todos los ciudadanos del cantón y, en particular, las instituciones que se localizan en el mismo. Las  universidades del cantón juegan un papel clave, en particular, la Universidad de Costa Rica.

Dada la velocidad del desarrollo inmobiliario, es una tarea urgente y que debe hacerse sin demoras.

La Municipalidad requiere el apoyo de todos, para que, en un plazo de un año, el cantón cuente con una Planificación sustentable de todo su territorio.

Es posible, podría incluso convertirse en un cantón piloto. Un modelo por  seguir para los demás. Lo podemos lograr ya, con la ayuda de todos. Si está interesado, regístrese ante la Municipalidad.