proyecto

Adaptación evolutiva vs tramitomanía anquilosante

¿Cuál de esas dos situaciones es la que le conviene al país para salir adelante? Sobretodo en estos aciagos y extensos tiempos de Pandemia y sus consecuencias socioeconómicas. Ese es nuestro principal reto para coadyuvar con la reactivación de nuestro país.

La adaptación evolutiva es un rasgo que caracteriza a todos los seres vivos. En términos sencillos significa la capacidad de realizar cambios fisiológicos, de comportamiento y hasta de rutinas operativas que permitan al organismo y a su especie ajustarse a su medio ambiente y los cambios que puedan afectarlo. Es un mecanismo importantísimo para sobrevivir y permanecer como especie. Las especies que no logran adaptarse desaparecen de forma natural. Así sí funciona la naturaleza.

Tramitomanía anquilosante: existe un consenso general de que nuestro país se caracteriza, desde hace mucho, por tener un exceso de trámites administrativos que, conforme pasa el tiempo, lejos de simplificarse, cada día crecen en número y en requisitos. Los sectores productivos privados y, también, los públicos, saben esto muy bien. Se trata de un tema que se discute desde hace más de 20 años, sin que se solucione de forma integral.
El tema ambiental y sus diferentes matices han venido a incrementar aritméticamente, durante las últimas dos décadas, la cantidad de trámites y la han convertido en una lista casi interminable de requisitos.

El paso a las plataformas digitales que se ha realizado en los últimos años, aunque representan un importante esfuerzo, no ayudan a resolver el problema de raíz y más bien lo trasladan a otra parte del proceso, pero al final, el exceso de requisitos se mantiene y en el peor de los casos, se incrementa, solo que en formato digital.

Antes de que empezara la Pandemia, publicamos (ver: www.allan-astorga.com) la importancia de hacer evolucionar y avanzar nuestra normativa técnica y, de ser posible, nuestra propia legislación (ambiental, aunque la adaptación aplica para una gama mucho más amplia), a fin de ponerla al día, con la necesidad de los tiempos actuales. Con la Pandemia y sus secuelas la situación es todavía más apremiante. Si antes ya era una urgencia, ahora se ha convertido en una super urgente prioridad estratégica para el país, pues es una de las acciones más relevantes que se requieren para sacar al país adelante.

Lejos de eso, por diversas causas, la situación no ha avanzado. Todo lo contrario, a un año de Pandemia, no se observa que se estén realizando las acciones necesarias para generar un cambio efectivo y real. Con la disminución significativa que ha implicado la Pandemia para el trámite de nuevos proyectos de inversión ante las instituciones del Estado, podría pensarse que ese tiempo transcurrido y la posibilidad de desarrollar coordinación interinstitucional a distancia, hubiese servido para realizar efectivas y eficientes acciones concretas para la agilización de trámites, pero, desafortunadamente, no ha sido así.

La situación sigue igual, como si la Pandemia no hubiera y estuviera cambiando el mundo y haciendo que nuestro país completo se sumerja rápidamente en una profunda crisis de subdesarrollo. Así, hemos pasado de una simple tramitomanía excesiva y pesada, a una tramitomanía anquilosante que prácticamente está paralizando el motor del desarrollo que tiene el país y que es la principal esperanza para avanzar.

Algunos indicadores de anquilosidad: hay muchos ejemplos de la grave situación de exceso de normativa contradictoria que provoca una enorme inseguridad jurídica para quienes deseen hacer una inversión en nuevos proyectos de desarrollo (pequeños hasta muy grandes).

Uno de esos temas tiene que ver con los recursos hídricos, al cual ya nos hemos referido. Existe una normativa altamente contradictoria y abierta a la interpretación discrecional sobre radios de protección de manantiales o nacientes, protección de acuíferos, radios de operación de pozos, vulnerabilidad acuífera, sistemas de tratamiento de aguas residuales y vertidos en cuerpos de agua, entre otros, que puede arreglarse fácilmente desarrollando una sola normativa integradora que facilite la gestión del recurso. Lo increíble es que existe un borrador de propuesta desde el año 2005 y todavía hoy, lejos de haberse resuelto la situación, se sigue a la espera de una Ley de Aguas, cuya última versión, y archivada, no representaba la solución, sino un mayor anquilosamiento en el tema.

En materia de evaluación de impacto ambiental, la situación no está muy lejos. Resulta que el 95 % del total de proyectos que se realizan en Costa Rica, no pasan por la SETENA, debido a que son menores de 500 metros. El porcentaje es mayor si nos referimos a los proyectos que no hacen una EIA completa con el formulario D1. Esto es un claro indicador de que el instrumento no está funcionando, pues no logra cubrir ni el 5 %, y, a esos que cubre les genera un complejo y largo proceso de trámite, a pesar de la plataforma digital que se ha abierto y que, se supone, agiliza el trámite. Ahora lo engorroso es poder cumplir con todos los requisitos de esa plataforma digital.

Este tema de la EIA y su funcionalidad tiene una solución bastante simple y para la cual ya habíamos hecho una propuesta (ver: www.allan.astorga.com). Se basa en el hecho de que los municipios dispongan de planes reguladores con variable ambiental debidamente integrada y que, con la aplicación de un algoritmo de agilización de trámite de EIA, la mayoría de los proyectos que no generen impacto significativo puedan tramitar sus permisos directamente en la Municipalidad y no en la SETENA. Esto, siempre que se ubiquen en áreas cuyos estudios de fragilidad ambiental determinen que tienen condiciones para ello o que se demuestre que se están aplicando las medidas tecnológicas para adaptarse a las condiciones de fragilidad ambiental que fueron determinadas. De esta manera se podría agilizar mucho el sistema sin desproteger el ambiente. El trámite ambiental se puede reducir de 20 meses (promedio) a solo un mes.

Existen otros muchos indicadores, pero por un asunto de espacio no es posible detallarlos todos. Sin embargo, estos que indicamos dan una clara idea de la situación en la que nos encontramos.

Gran reto: para que el país pueda salir a adelante requiere inversión y desarrollo. Para eso, debe mejorar la seguridad jurídica a los proyectos de todo tipo. Ello, sin desproteger el ambiente y garantizando la sustentabilidad del desarrollo.

Aunque para algunos no parezca posible, pues se debaten entre una apertura sin regulación alguna o un proteccionismo ambiental extremo, si existe una solución. Consiste en eliminar, con el debido criterio técnico, la tramitomanía anquilosante que se ha creado a lo largo de los años. Solo se requiere adaptar la normativa a la nueva realidad que tenemos que enfrentar.

Si es posible proteger el ambiente y el uso sostenible de los recursos naturales, sin que entre en contradicción con el impulso al desarrollo y la inversión de proyectos. Es vital lograr este objetivo por el bienestar de todos.

Impactos transfronterizos: Urge acuerdo

Recientes informaciones sobre proyectos en ejecución o sobre nuevos proyectos por desarrollarse en las cercanías de nuestras fronteras, tanto con Panamá como con Nicaragua, nos llevan a llamar la atención sobre la imperiosa necesidad de un acuerdo sobre impactos transfronterizos con ambos países. Este tema, como casi todo, tiene una visión técnica y otra jurídica. Aquí nos enfocamos en aportar insumos desde la primera perspectiva. Los juristas podrán completar el esquema.

Los impactos transfronterizos son los efectos ambientales, por lo general negativos, de un proyecto, obra o actividad, que trascienden las fronteras políticas de un país y pasan a otro país vecino. Pueden manifestarse en todo el ambiente o en partes de este, como el aire, el agua superficial o subterránea, el suelo o subsuelo, la flora o la fauna e, incluso, en patrones culturales y factores socioeconómicos de las comunidades.

El análisis de los impactos transfronterizos está íntimamente relacionado con la evaluación de impacto ambiental (EIA), que es un procedimiento técnico y jurídico, de tipo preventivo, que tiene como fin determinar si un proyecto es viable ambientalmente y determinar las condiciones bajo las cuales debe diseñarse e implementarse.
De esta manera, la valoración de los impactos transfronterizos para un proyecto cercano a una zona limítrofe permite determinar bajo qué condiciones podría ejecutarse el mismo, minimizando y controlando los efectos ambientales negativos que puedan afectar el territorio del país vecino.

La forma de concretar el proceso, desde el punto de vista técnico, en principio, es sencilla, y parte de que las autoridades ambientales del país vecino puedan participar de la fase de EIA del proyecto. Esto se materializa por medio de un traslado del EIA y el establecimiento de un plazo para la presentación de observaciones o sugerencias al mismo y, dado el caso, al proyecto mismo. Resulta muy importante que, como parte del expediente ambiental que se lleva, queden registradas esas observaciones y sugerencias, así como recomendaciones sobre medidas ambientales a aplicar.

Es claro que el país donde se piensa desarrollar el proyecto en cuestión tiene soberanía y autoridad para tomar la decisión final sobre la viabilidad ambiental de este. De igual manera tiene la posibilidad de incorporar medidas y acciones concretas para que el proyecto se ejecute tomando en cuenta observaciones y sugerencias realizadas durante el proceso previo del EIA.

La otra parte del proceso y la más importante corresponde a la fase de control y seguimiento ambiental del proyecto, en el caso de que este haya sido aprobado; y en el que se vigila el cumplimiento de las medidas y condiciones ambientales con las que fue aprobado. Esta tarea es responsabilidad de las autoridades ambientales del país donde se desarrolla el proyecto, empero las autoridades del país fronterizo pueden ser enteradas de los avances, y también, dado el caso, participar con información, desde su país, sobre la forma en que se están concretando los impactos y la medidas ambientales acordadas en la EIA.

Como se ve, desde el punto de vista técnico es un proceso lógico, basado en criterios científicos, donde los elementos claves son el conocimiento a tiempo de la información, la aportación de observaciones y sugerencias, y el registro a tiempo de las mismas así como su incorporación, dado el caso, como parte de los condicionamientos del proyecto, tanto en su fase previa de estudios, como en su ejecución. Los reglamentos sobre EIA de Nicaragua, Costa Rica y Panamá establecen una base para poder trabajar sobre el tema.
Lo contrario. En ausencia de este procedimiento de participación técnica, lo que sucede es lo que ha pasado hasta ahora: proyectos cercanos a una frontera que provocan tensiones innecesarias por falta de consulta con el país vecino. El caso de Costa Rica y Nicaragua de los últimos diez años ilustra bien la situación. Por un lado, Costa Rica tramitó la evaluación de impacto ambiental de un proyecto de minería química a cielo abierto que utilizaría cianuro a menos de cinco kilómetros del Río San Juan, y no tomó en cuenta a las autoridades de Nicaragua como parte del proceso de EIA. Ni siquiera cuando este país le reclamó por la aprobación que se da a la ampliación del proyecto minero. Por otro lado, Nicaragua no tomó en cuenta a Costa Rica, y la cancillería nuestra se contentó con "seguridades verbales" y con un estudio técnico propio basado en una simulación, cuando lo que procedía era exigirle a Nicaragua ser tomados en cuenta en la revisión de la EIA en relación al dragado del Río San Juan. Tuvimos incluso la posibilidad de alertar en este mismo medio en septiembre del 2010 (ver nuestro artículo, Dragado del Rio San Juan, sí habrá impactos ambientales, La Extra, 21/09/2010).
De igual manera nuestra cancillería debió percatarse de probables efectos transfronterizos de un proyecto de represa hidroeléctrica en el Rio San Juan, que podría disminuir notablemente el caudal del agua de este río y consecuentemente del Río Colorado de Costa Rica, con efecto para sus más de 3.000 hectáreas de humedales del Caribe Norte. Lo mismo podemos decir en relación con obras que se desarrollan en el área de la desembocadura del Río San Juan, en el sector del Delta Colorado – San Juan, que es un ecosistema unitario, binacional que como tal, y requiere de una manejo coordinado y bien planificado entre ambos países.

Así las cosas, seguir por ese camino, donde no se comparte información técnica y no se trabaja en conjunto, y donde la información de EIA prácticamente se convierte en un “secreto de estado”, significa escoger la senda hacia un campo fértil para nuevas y futuras tensiones con nuestros vecinos. Este es el camino incorrecto que lleva a más y más denuncias y costosos litigios legales internacionales.
Es por tanto muy importante iniciar un proceso de diálogo y de acuerdos binacionales, encaminados a que, como mínimo, habrá intercambio y participación técnica en el tema de las evaluaciones de impacto ambiental. Si las condiciones no están dadas, hay por lo menos que propiciar un clima que permita reanudar las discusiones sobre este tema con nuestros dos vecinos. Paulatinamente el proceso podría ir avanzando hasta llegar a acuerdos legales binacionales o regionales (centroamericanos) en la materia, como existen en otras partes del mundo. Lo importante, por ahora, es avanzar, hacia la senda correcta, y sin perder de vista que los beneficiarios de todo son las poblaciones de ambos países, particularmente las que viven en sus regiones fronterizas y que poco o nada tienen que ver con los conflictos políticos provocados por la falta de madurez, visión y responsabilidad de los decisores políticos en sus capitales.