GAM

El riesgo de construir en el pie de monte del Valle Central de Costa Rica

Octubre 30, 2022 11:32 am

Desde hace más de 12 años se inició lo que hemos llamado un desequilibrado “pulso” entre los sectores inmobiliarios y constructivos del país, con algunos técnicos que tratamos que las áreas que se dediquen a construcción, sean sitios seguros y resilientes. Este pulso llevó a que, en el 2010, finalmente no se aprobara el Plan regional PRUGAM 2008 – 2030 y en su lugar, se trabajara con planes regionales diametralmente opuestos como el POTGAM y el Plan GAM 2013 – 2030, el cual fue declarado, recientemente, como inconstitucional por la Sala IV.

Este pulso aún no ha terminado. Mientras tanto, durante todo este tiempo, el desarrollo de construcciones de diverso tipo en las laderas de las montañas del Valle Central, ha continuado. Cada vez hay más y nuevas construcciones en lugares cada vez más altos, en las montañas del sur (Precordillera de Talamanca) y del norte (cordillera volcánica central).

Y no se trata de construcciones en precario, los cuales existen, sino también de construcciones de gran inversión cuya adquisición les cuesta a los compradores hipotecas de muchas decenas o cientos de miles de dólares con plazos de decenas de años. Se trata de deudas de toda una vida que se adquieren con la confianza de que la obra es “segura” que es “para siempre”. Algo que no es necesariamente cierto.

Por consideración a todas estas personas que han adquirido lotes y construcciones en todas estas zonas, se hace necesario explicar el riesgo que se adquiere por irse a vivir al pie de monte del Valle Central. Un asunto técnico que requiere una explicación llana que esperamos también sea de provecho para los ingenieros civiles y arquitectos que son los profesionales responsables de las construcciones en estas zonas de ladera.

Abanicos aluviales: se trata de cuerpos sedimentarios que se desarrollan en el pie de monte como producto de la acumulación de los materiales geológicos que se erosionan en la parte alta de la montaña y se acumulan en los sitios de cambio de pendiente. Tienen superficies de varios kilómetros cuadrados y se caracterizan porque presentan una pendiente menos pronunciada que las laderas rocosas de las montañas que los bordean.

Precisamente esa característica de relativa menor pendiente y el hecho de que presenten vistas importantes al valle, hace que los terrenos de los abanicos aluviales sean atractivos para el desarrollo inmobiliario y de construcciones.

En países tropicales como Costa Rica, tenemos dos tipos de abanicos aluviales. Los primeros, de tipo “torrencial” son lo que se observan al sur del Valle Central, como en Aserrí, Desamparados y Alajuelita. Están controlados por el desarrollo de lluvias intensas en la parte alta de la cuenca hidrográfica que producen crecidas de los ríos y arrastre de materiales rocosos que se acumulan en los cauces de los ríos de los abanicos aluviales y sus zonas aledañas. Cuando el nivel relativo del mar está en ascenso, como ocurre en la actualidad, estos abanicos se desarrollan más rápidamente dado que los sedimentos que provienen de la montaña se acumulan sobre el abanico existente.

El segundo tipo de abanico, se refiere a los abanicos de origen volcánico, como el que se encuentra bajo la Ciudad de Cartago y que se desarrolla principalmente, cuando el volcán Irazú está activo. El evento del flujo del río Reventado en 1964 es un ejemplo de la construcción de este abanico. Aunque estos flujos también se pueden producir como producto de la erosión del estratovolcán, ya sea por lluvias intensas, un terremoto o una combinación de los dos fenómenos.

Dada la abundancia de zonas de montaña que tiene el país y la cantidad de lluvias que se dan, existen muchos abanicos aluviales. En muchos casos, hay ciudades completas construidas sobre estos abanicos, y no solo en el Valle Central, sino también afuera de la GAM, como en el caso de Turrialba, San Isidro de Pérez Zeledón y Ciudad Quesada, entre otras.

Riesgo de las construcciones: los abanicos aluviales están caracterizados por la presencia de muchos cauces de ríos que bajan desde las montañas. Con la presencia de lluvias intensas, estos ríos son muy susceptibles a la inundación fluvial, al desarrollo de procesos muy erosivos y al paso de grandes torrentes con flujos de sedimentos que descienden hacia las partes bajas de los abanicos. Incluso esos cauces fluviales pueden tener cambios muy significativos en caso de que la cantidad de agua de lluvia sea muy alta.

La naturaleza siempre nos advierte del peligro. En el caso de los abanicos aluviales la presencia de grandes rocas de varias toneladas dispersas en el área del abanico y cerca de los cauces de los ríos, son un aviso de la energía que puede alcanzar un evento de erosión en un abanico.

Siendo así, todo el terreno de un abanico es una zona muy susceptible a la erosión y a la movilización de los materiales. Situación que se puede dar durante periodos de lluvias intensas como recientemente hemos visto que sucedió al sur del Valle Central, pero también por sismos fuertes o la combinación de los dos eventos (terremoto con suelos muy saturados).

El hecho de que se construya una casa cumpliendo el código sísmico sobre un abanico aluvial no significa que la casa sea completamente segura y resiliente. Aunque la construcción sea sismo resistente, sigue siendo susceptible a ser dañada por una fuerte inundación o en su defecto, un proceso de erosión importante, como un deslizamiento.

Por esta razón, las construcciones desarrolladas sobre los abanicos aluviales se encuentran en condición de riesgo y son susceptibles a ser dañadas por eventos de desastre.

Situación en el Valle Central de Costa Rica: para todos los que vivimos en la Gran Área Metropolitana (GAM) es evidente la cantidad de construcciones que se han desarrollado tanto en las laderas del sur como del norte del Valle Central. Cada vez son más. Con lo cual cada vez se hace más numerosa la cantidad de construcciones que se encuentran en alto y muy alto riesgo a los desastres.

Durante la noche, el paisaje nocturno del pie de monte del sur del Valle Central deja ver la forma de los abanicos aluviales puesta de manifiesto por las luces de las casas y que muestran con claridad la forma de abanico, en lugares como al sur de Desamparados, Alajuelita, Escazú y Santa Ana.

La condición de riesgo de estas construcciones se incrementa por el hecho de que tanto al norte como al sur del Valle Central se presentan extensas fallas geológicas activas capaces de producir fuertes eventos sísmicos locales.

Acciones a desarrollar: la cantidad de construcciones en situación de muy alto riesgo es abundante. Son tantas que los planes de reubicación no podrían ser desarrollados para cubrir la totalidad de las residencias involucradas. De allí que otras medidas son necesarias.

Como hemos indicado, se hace indispensable que las ciudades y los cantones citados cuenten con planes de ordenamiento territorial con la variable ambiental integrada y que, como parte de estos instrumentos, se genere una zonificación de uso del suelo que evite que nuevas construcciones se localicen en zonas de muy alto riesgo.

Para las construcciones existentes, es muy importante realizar toda una gestión de aumento de la resiliencia humana, por medio de educación para convivir con el riesgo y desarrollo de planes de emergencia locales; así como de resiliencia de infraestructura, con reforzamiento estructural cuando sea posible, así como la adquisición de seguros paramétricos contra desastres.

Es indispensable tomar estas y otros medidas, como la Ley de Resiliencia contra desastres que hemos propuesto y explicado previamente (http://www.allan-astorga.com/allan-astorga/2021/7/28/ley-de-resiliencia-contra-desastres), en el menor plazo posible. Ignorar la información técnica que sustenta el análisis de riesgo y no tomar medidas prontas, solo llevará a que las condiciones de riesgo se incrementen y que la población expuesta sea cada vez mayor, con las graves consecuencias que ello podría tener. Tienen la palabra nuestras autoridades.

Fuente de la imagen: https://geolodiaavila.com/2020/03/21/el-abanico-aluvial-de-candeleda-la-huella-de-una-montana-vaciada/

a.astorga.g@gmail.com

Municipalidades y responsabilidades socioambientales

La Constitución Política señala que los gobiernos locales tienen autonomía para tomar decisiones en su territorio. El Código Municipal establece el marco con el que las municipalidades deben gestionar las acciones de administración de ese territorio. Este marco legal representa la “caja de herramientas” para la gestión municipal. Pero esas no son las únicas herramientas, pues se tiene que dar cumplimiento al marco legal nacional, incluidos los preceptos constitucionales.

Uso de suelo (o de la tierra): es uno de las principales funciones de las municipales, así como los permisos de construcción. Es muy importante, dado que define el desarrollo socioeconómico del cantón. Se sigue la lógica de que a mayor cantidad de construcciones, mayor desarrollo tendrá el gobierno local, sin valorar la situación de colapso de un cantón debido a un número elevado de construcciones (en particular en territorios pequeños). Como construcciones se incluyen: casas, desarrollos industriales o agroindustriales, obras de infraestructura y de desarrollo urbano en general.

Es comprensible que en un cantón o distrito se desee desarrollo constructivo y productivo.  No obstante, el alcance del gobierno local no se puede limitar únicamente a aumentar el número de construcciones.  La responsabilidad es más integral y tiene ver con el hecho de que las zonas donde se van a dar sean espacios geográficos seguros y aptos para albergar esas actividades.  Esto es muy importante, dado que también el gobierno local tiene responsabilidad en materia de la protección del ambiente, de los recursos naturales y, en particular, de la vida de sus habitantes. Algo que en momentos en que la humanidad, a modo global, ha alcanzado el limite crítico de la resiliencia de los ecosistemas y, todavía, continúa con un fuerte sacrificio ambiental de la Ecosfera (ver: www.allan-astorga.com), resulta imperativo de tomar en cuenta.

Zonas Especiales: las zonas que no son seguras o que tienen limitaciones importantes para su uso, están definidas como Zonas Especiales por la Ley de Planificación Urbana en su artículo 25 que dice:  “figurarán como zonas especiales, las que soporten alguna reserva en cuanto a su uso y desarrollo, como en el caso de los aeropuertos, los sitios con importancia histórica o los recursos naturales conservables y las áreas demarcadas como inundables, peligrosas o necesarias al propósito de contener el crecimiento urbano periférico”.

El territorio de un cantón o distrito debería tener, como mínimo, una identificación de esas zonas especiales. De esta manera tendría una base técnica para definir usos del suelo y, dado el caso, permisos de construcción. Dada la naturaleza de esas zonas especiales, estas se podrían definir incluso sin tener que esperar a contar con un plan regulador aprobado. El Transitorio II de la Ley de Planificación Urbana y la jurisprudencia constitucional dan el fundamento para que los gobiernos locales, que cuenten con los estudios técnicos, promulguen ordenanzas municipales que permitan mejorar la base con que se establecen los usos del suelo en sus territorios.

Ordenanzas municipales: hemos señalado (ver: www.allan-astorga.com) que al menos 50 municipios cuentan, de forma parcial o total, con una zonificación ambiental por Índice de Fragilidad Ambiental (IFA) o al menos de IFA por amenazas naturales, a una escala apropiada, que permitirían establecer ordenanzas municipales en diversos temas.

Esto es importante para aquellos cantones o distritos que no disponen de Plan Regulador sin la variable ambiental integrada. Las ordenanzas municipales tendrían vigor de ley en el territorio jurisdiccional y determinarían los alcances del uso del suelo que otorgaría la Municipalidad. Como tal, la Ordenanza Municipal debe ser debidamente aprobada por el Concejo y debería estar sujeta, de previo, a un proceso de consulta, via el procedimiento de la evaluación ambiental estratégica (EAE) local o a una audiencia pública.

Los temas de las ordenanzas municipales pueden ser diversos, según la situación de realidad de cada territorio, al incluir: amenazas naturales y gestión del riesgo, gestión de los recursos hídricos superficiales y subterráneos, protección de biotopos, contención urbana, construcción vertical y sus límites de altura, conservación de suelos y gestión del paisaje, entre otros.

Ordenanzas y planes reguladores: como es bien sabido, el tiempo que puede llevar la oficialización de un plan regulador puede ser de años, incluso, décadas.  Con el agravante de que, en ausencia de un plan regulador, lo que aplican son dos reglamentos del INVU: a) Control Nacional de Fraccionamiento y Urbanizaciones, y b) Construcciones, los cuales, aunque en un 95% son útiles desde el punto de vista técnico, en un 5  son altamente permisivos desde el punto de vista ambiental. Al ser ese 5% de la normativa urbana inapropiado y obsoleto, representa una de las principales fuentes de los problemas ambientales que tiene nuestro país, caracterizado por la desplanificación urbana y territorial.

Esos reglamentos del INVU, elaborados en los años ochenta, contradicen la legislación ambiental desarrollada en el país después del año 1995. Por eso, los gobiernos locales, que disponen de zonificación ambiental y/o de amenazas naturales debidamente realizadas, tienen la responsabilidad de actuar en procura de acelerar el desarrollo sustentable de sus territorios jurisdiccionales.

Dentro de esos 50 cantones, se encuentran los 31 cantones de la Gran Área Metropolitana (GAM), para los cuales se emitió, desde el 2012, la Directriz 35–MIVAH–PLAN, aún vigente, que señala: “en toda política, plan, programa o proyecto relacionado con materia de ordenamiento territorial y desarrollo urbano del Gran Área Metropolitana se deben tomar en consideración como insumos los productos generados por el ‘Proyecto de Planificación Urbana Regional de la Gran Área Metropolitana de Costa Rica (PRUGAM)’, que se encuentran disponibles en el siguiente sitio electrónico: http://www.mivah.go.cr/PRUGAM_Productos.shtml”.

Fuera de la GAM, hay otros cantones que tienen zonificación de amenazas naturales cuya información, a una escala apropiada, se encuentra en la CNE. Además, hay otros municipios con los IFA aprobados, por lo que sí es posible avanzar.

Lo único que se ocupa es tomar conciencia de las posibilidades que cada gobierno local tiene no solo para su desarrollo económico, si no también, sobre todo, para un desarrollo sustentable: a mediano y largo plazo, esto último es el que los volverá mucho más atractivos para la inversión.

Montes de Oca: situación ambiental y oportunidad de progreso humano sustentable

Montes de Oca tiene apenas 15,5 Km2. Tiene tres distritos urbanos: San Pedro, Mercedes y Sabanilla, y un distrito “verde”, San Rafael, el cual, ha empezado a urbanizarse aceleradamente.

Montes de Oca forma parte de la Gran Área Metropolitana (GAM) y es “atravesado” por el anillo de contención urbana, que ha impedido que San Rafael se convierta en otro distrito altamente urbanizado.

Alberga muchas de universidades, entre ellas el campus de la UCR y varias instituciones públicas, así como comercios, zonas residenciales y pequeñas industrias.

Fue uno de los primeros cantones en tener Plan Regulador, el cual se ha renovado un par de veces, pero es un claro ejemplo de que el modelo de desarrollo urbano que se ha aplicado, no es sustentable desde el punto de vista ambiental. Algo que aplica también para muchos de cantones de la GAM y del país.

Situación ambiental: en el  2009, por medio del Plan Regional Urbano y Rural de la Gran Área Metropolitana (Prugam) se aprobó, por parte de Setena, la zonificación de fragilidad ambiental de Montes de Oca. se realizó a escala 1:10.000 y se encuentra vigente. En el año 2013, se actualizó.

El resultado arroja importantes datos:

1.    Geoaptitud: la mayoría del cantón califica como de Alta Fragilidad Ambiental, con zonas de Muy Alta Fragilidad. Se debe al tipo de suelo y subsuelo superior, que está formado por espesas capas de cenizas volcánicas y lahares (flujos de origen volcánico), de menos de 100 mil años y que, no están consolidadas, o sea, son deleznables y susceptibles a la erosión.

2.    Geomorfológicamente, el cantón es una ladera distal del volcán Irazú, con pendiente suave a moderada hasta alta, que, combinado con la “mala calidad” geomecánica de las cenizas y lahares, crea una condición moderada hasta alta a deslizamientos.

3.    Hidrogeológicamente, todo el cantón es un área de recarga acuífera. Bajo el cantón hay dos acuíferos, el más superior de potencial bajo y el inferior de potencial alto a muy alto (Acuífero Colima).

4.    Amenazas naturales; inundación de algunos ríos y quebradas, vulnerabilidad por amplificación sísmica y, dos fallas geológicas que “cortan” el cantón en dirección sureste al noroeste.

5.    Bosques y ecosistemas naturales: salvo muy pocas excepciones, el área verde se encuentra en San Rafael. Son bosques secundarios intervenidos, mezclados con potreros con árboles. Ahora están en un serio peligro de ser lentamente urbanizados. Juegan un importante valor ecosistémico (captura de carbono, producción de oxígeno, estabilidad del terreno, paisaje, biodiversidad y mejora de capacidad de infiltración, entre otros elementos).

Situación hidrogeológica:  se analizó la vulnerabilidad hidrogeológica del cantón. Los estudios se encuentran en el Senara. Los resultados son muy importantes:

1.    Las aguas subterráneas son, el recurso natural más importante que tiene Montes de Oca. Bajo la totalidad del cantón se presentan dos acuíferos. El más bajo, a varias decenas de metros bajo la superficie, tiene un espesor promedio de 200 metros, es el más importante. Correspondería con  Acuífero Colima y hacia el Este, pasa hacia otro, el Acuífero (Rancho Redondo).

2.    El acuífero superior, es de menor potencial, pero importante. En el sector de San Rafael presenta 21 manantiales.

3.    El cantón tiene muchos pozos de aguas subterráneas. Algunos se utilizan para el abastecimiento público (AyA). En el Archivo del Senara, se contabilizan 120 pozos, que extraen 234 litros por segundo (121 millones de litros al año) de agua subterránea!

4.    Cuando se compara ese dato con la cantidad de agua de lluvia que se infiltra en el cantón para recargar los acuíferos, resulta que el balance hídrico es negativo para los distritos urbanizados. Esto, se debe al modelo de expansión horizontal que impermeabilizó gran parte de los terrenos. En San Rafael, el balance hídrico todavía es positivo.

5.    La Vulnerabilidad Hidrogeológica del cantón es de Media a Alta, de manera que algunas actividades productivas representan una fuente potencial de riesgo de contaminación del agua subterránea. Esto, y el déficit de áreas verdes en zonas urbanas, debe replantear el modelo urbano de Montes de Oca.

Hacia un modelo urbano sustentable: evaluando la sustentabilidad ambiental del cantón, respecto al modelo de desarrollo urbano desarrollado en las últimas décadas, nos lleva a la clara conclusión que el mismo no ha sido, ni es sustentable.

A pesar de tener plan regulador, por más de 40 años, el modelo urbano del cantón ha sido incorrecto y no compatible con su condición ambiental. Esta situación, combinada con la existencia de una legislación urbana, ambientalmente inadecuada y urbanísticamente permisiva, ha hecho que se haya dado un modelo urbano horizontal equivocado, pues promueve la impermeabilización de los terrenos y la eliminación de las áreas verdes.

Algo que, ahora, por culpa de esa legislación, particularmente el Reglamento de Fraccionamiento y Urbanizaciones, así como el de condominios, está haciendo que ese equivocado modelo de expansión urbana no sustentable, se esté ampliando hacia San Rafael, de forma muy rápida y con el agravante de que es el único territorio del cantón, donde todavía hay posibilidad de recuperar el equilibrio ambiental.

Bajo estas condiciones, urge tomar medidas correctivas y cambiar el modelo de desarrollo urbano. Se deben corregir errores y replantear una renovación urbana, más sustentable.

Desde el punto de vista ambiental, los principales lineamientos que debería tener ese modelo urbano sustentable de Montes de Oca, son:

1.    La cobertura o huella de las construcciones debe limitarse, no debería superar el 30 o 40 %, dependiendo de su condición de vulnerabilidad hidrogeológica. El resto del terreno debe dejarse como áreas verdes, como jardines o mejor aún, como zonas arboladas que permitan la infiltración de las aguas de lluvia al suelo y recarguen los acuíferos.El uso del “zacate-bloc” o concreto permeable, también debiera de promoverse al permitir infiltración del agua en áreas de estacionamiento y demás.

2.    Las áreas calificadas como de muy alta fragilidad ambiental (por su alto riesgo), dadas sus condiciones de Geoaptitud, no deberían ser sujetas de construcción y, más bien, deberían ser objeto de regeneración natural de bosques.

3.    El desarrollo urbano debe ser de tipo vertical, pero regulando apropiadamente las “alturas máximas” (14 pisos, se considera apropiado).

4.    Las aguas residuales no deberían ser tratadas mediante tanques sépticos convencionales. Deben ser recogidas por un alcantarillado sanitario y tratadas en una planta de tratamiento eficiente.

5.    Todos los edificios, de construcción vertical, sin excepción, deberían disponer de sus propias plantas de tratamiento de aguas residuales, así como un sistema de “cultivo de agua lluvia”, para su utilización en las zonas verdes,en batería de sanitarios, y otros usos para los que no es indispensable usar agua potable, de manera que no sobrecarguen, aun más los cursos de agua. En general, todos los edificios (comerciales, institucionales, residenciales o mixtos) deberían ser ecológicos y autosostenibles.

6.    Los tres distritos urbanos del cantón deben ser objeto de una intensa renovación urbana que aumente las áreas verdes, mejore la recarga acuífera y su calidad paisajística. Como parte de ese proceso de recuperación de espacio “verde”, se deber implementar un plan de mejoramiento vial y peatonal que mejore la calidad ambiental de estos distritos del cantón y la movilidad urbana.

7.    En San Rafael, urge detener el desarrollo urbano horizontal y cambiar el modelo urbano por un modelo de mejoramiento y recuperación de las áreas verdes (áreas de protección de manantiales, áreas de recarga acuífera y zonas de riesgo), promoviendo la regeneración del bosque.

Nuevo Plan Regulador, una tarea de todos: desde el año 2002, la Sala Constitucional señaló la importancia de que los planes reguladores realizaran “un examen de su impacto ambiental”. El país, le llamó a esto “introducir la variable ambiental” en el plan regulador o en el plan de ordenamiento territorial. Montes de Oca, aún no lo ha hecho y urge empezar a trabajar en ello.

Esa tarea no le incumbe solamente a la Municipalidad, es también una labor que debemos emprender todos los ciudadanos del cantón y, en particular, las instituciones que se localizan en el mismo. Las  universidades del cantón juegan un papel clave, en particular, la Universidad de Costa Rica.

Dada la velocidad del desarrollo inmobiliario, es una tarea urgente y que debe hacerse sin demoras.

La Municipalidad requiere el apoyo de todos, para que, en un plazo de un año, el cantón cuente con una Planificación sustentable de todo su territorio.

Es posible, podría incluso convertirse en un cantón piloto. Un modelo por  seguir para los demás. Lo podemos lograr ya, con la ayuda de todos. Si está interesado, regístrese ante la Municipalidad.

Planificación territorial: Necesidad urgente, no juego para postergar

El pasado 3 de septiembre se publicó en la Gaceta 172, el Decreto Ejecutivo No. 39150 MINAE MAG MIVAH PLAN TUR, denominado “Reglamento de la Transición para la Revisión y Aprobación de Planes Reguladores”. La intención original es crear un período de transición de cinco años que agilice según se lee “la revisión de la variable ambiental y la aprobación de los planes reguladores”.   

El reglamento crea una serie de “herramientas de agilización” como forma de implementar esta transición. Aunque la intención, en primera instancia, parece correcta, desafortunadamente, hemos detectado una serie de inconsistencias muy graves en el mismo. Inconsistencias que se suman a unos lineamientos confusos y contradictorios que, lejos de lograr su objetivo, van a provocar más confusión y entrabamiento a la urgente planificación territorial que requiere el país. 

 

Algo que es una verdadera lástima, pues se ha perdido tiempo valioso (más de 15 meses), sin contar los recursos económicos del Estado que se han gastado, en generar algo que, en la práctica, tiene muy poca utilidad y que de llegar a utilizarse integralmente podría provocar serios daños al ambiente y a las personas. Todo lo contrario de lo que realmente se necesita, mientras  la naturaleza cambiante causa estragos cada vez más significativos a la GAM: en esas condiciones, darnos el lujo de estar perdiendo un tiempo valioso en vez de rectificar las cosas constituye una verdadera irresponsabilidad.

 

Inconsistencias: algunas de las inconsistencias principales que se han detectado en el citado decreto son las siguientes:

 

Se crea una condición de excepción que permitiría a las municipalidades incumplir normativa legal y técnica vigente por un periodo de cinco años, a fin de que se apruebe y se ponga en vigencia el plan regulador. Esto con la condición de que al final de esos cinco años se “corrija” el plan regulador vigente con el cumplimiento de la normativa que se incumplió originalmente. Es decir, una especie de “moratoria al cumplimiento de la legislación”, algo que contraviene a todas luces la legislación  vigente y nos asegura por 5 años más decisiones antojadizas y mayores daños a los ya causados por los entes municipales. 

 

Pero las excepciones que se establecen no son cualquier cosa, fundamentalmente se centran en tres temas: vulnerabilidad hidrogeológica, amenazas naturales y capacidad de uso de la tierra. Es precisamente en estos temas en que un buen golpe de timón se imponía para no continuar por la senda equivocada por la que la GAM navega peligrosamente. 

 

En el caso de la vulnerabilidad hidrogeológica se establece una excepción para no elaborar mapas de vulnerabilidad hidrogeológica y  para no aplicar la Matriz del SENARA, con lo cual, en la práctica, los planes reguladores podrían permitir usos del suelo sobre áreas vulnerables a la contaminación, o lo que es lo mismo, se estaría dando una excepción para que se pudieran dar potenciales daños ambientales a los recursos hídricos. Daños que serían irreversibles y que después de 5 años ya no habría forma de remediarlos debido a su alto costo de corrección.

 

En lo referente a las amenazas naturales, el decreto crea una excepción que permitiría construcciones en áreas de amenaza natural. Todo lo contrario a lo esperado para, por ejemplo, evitar tragedias como la de calle Lajas en noviembre del 2010. Es decir, que las nuevas construcciones se instalarían en condiciones de alto y muy alto riesgo. Algo que, como se podrá entender, después de cinco años, cuando se aporte información sobre el tema y las construcciones estén realizadas, podría tener serios costos para el país, en particular para las municipalidades, en razón de haber dado usos del suelo y permisos de construcción en áreas no aptas para ello. 

 

En el tema de capacidad de uso de la tierra el decreto permitiría obviar esta información hasta tanto el MAG, por medio del INTA, se la aporte a las municipalidades. Este caso, aunque algo menos grave que las dos anteriores, también tiene problemas de aplicación en la excepción ya que, sin esa información, se podría estar dando uso del suelo para actividades no aptas en terrenos con capacidad de uso VII (forestal) y VIII (conservación y protección de cuencas hidrográficas), algo que también contraviene el marco legal vigente.

 

Pero el asunto no se queda allí, el decreto señala que las autoridades responsables de esa información (SENARA, CNE e INTA) deberán empezar a entregar información a los municipios en un plazo de dos años, para que comiencen a actualizar sus planes reguladores. Sin embargo, no señalan de dónde se obtendrán los recursos para generar esa información. Además, la duda es si ese plazo se pueda cumplir. El Reglamento de EIA del 2004 dice que entidades  como la CNE y SENARA debían generar información de ese tipo, pero más sencilla, y todavía no lo han hecho de forma sistemática (después de 10 años). Por su parte, el INTA  no actualiza el mapa de capacidad de uso desde 1992. Hay que tomar en cuenta que esos dos años son casi lo mismo que ha llevado el Poder Ejecutivo en emitir el decreto, tiempo que debió haberse aprovechado en generar la antedicha información.

 

El decreto le da atribuciones particulares y señala que el SENARA, cuando elabore los mapas de vulnerabilidad para las municipalidades, debe hacerlo concentrado en las zonas urbanas, como si en las zonas rurales no se dieran actividades que podrían producir contaminación de las aguas subterráneas. Esto contradice totalmente lo ordenado por la Sala Constitucional sobre la Matriz del SENARA.

 

En el tema de Capacidad de Uso de la Tierra, el decreto establece un requisito nuevo que llama poderosamente la atención. En primera instancia, el artículo 21 dice que en ausencia de información se usen los mapas del MAG  de 1992, que están a escala 1:200.000, y luego dice que para todas los proyectos menores de 400 hectáreas (urbanos, industriales, turístico, comerciales, mineros y forestales, entre otros), en el caso de que la resolución espacial “no sea suficientemente precisa se deberán presentar estudios detallados de suelos y capacidad de uso de las tierras”. Algo que debería aportar el INTA y no solicitarlo como un nuevo y costoso requisito que podría afectar a casi todos los proyectos.

 

Contradicciones: además de las inconsistencias señaladas, se identificaron serias contradicciones:

 

Se crea un mecanismo inapropiado para que se utilicen metodologías sustitutivas diferentes a los Índices de Fragilidad Ambiental (IFA), que es la metodología oficial desde el año 2006. Algo que contradice la legislación vigente y  el Principio de No Regresión, en particular lo señalado por la Sala Constitucional en su sentencia 18836-15: “De conformidad con el principio de no regresividad, la normativa y la jurisprudencia en materia ambiental, no debe ser revisada, si con ello se retrocede en relación con el nivel de protección que ya se había alcanzado en la materia”. 

 

Por otro lado, llama poderosamente la atención que se plantee el uso de una metodología alternativa en razón de que surge la duda de si se trata de planes reguladores ya elaborados, y si es así, surge la pregunta: ¿por qué estando vigente el decreto ejecutivo No. 32967 MINAE se aplicó una metodología sustitutiva? Y en caso de que se haya aplicado una metodología alternativa, surge la duda complementaria de qué entidades la utilizaron y cómo se verían beneficiadas con la implementación del inciso c del artículo 23 del decreto. Algo que a juicio del autor debería ser objeto de investigación por parte de las autoridades correspondientes, en particular la Procuraduría de la Ética.

 

En el inciso c del artículo 24 se crean requisitos adicionales y no establecidos en la metodología de los IFA que, lejos de agilizar, entraban y complican aún más los planes reguladores. 

 

En el artículo 31 del decreto se irrespeta el Principio de No Regresión ya que se plantea, de forma contradictoria, la emisión de un nuevo reglamento que establezca la metodología de la evaluación de la variable ambiental en los planes reguladores. Con ello se incumple el Principio de No Regresión y de Progresividad debido a que se quiere cambiar la metodología de los IFA sin cumplir el procedimiento adecuado establecido en el mismo decreto 32967 MINAE. Además, se  contradice el objetivo mismo del decreto de agilización de los planes reguladores y, además, se promueve una asimetría entre las diferentes zonificaciones ambientales que sustentan los planes reguladores, lo cual se puede traducir en potenciales daños al ambiente.

 

Propuesta: al estar en presencia de una nueva y completa ocurrencia de nuestras actuales autoridades - de las que esperábamos mucho más después de 8 años de ocurrencias con relación al ordenamiento territorial de la GAM - se impone un nuevo ejercicio ante la Sala Constitucional. 

 

Cabe aclarar que en el momento actual hay más de 75 planes reguladores cantonales y costeros “entrabados” en la SETENA y el INVU, debido a problemas de procedimiento. Es claro que se requiere una acción concreta para agilizar el trámite de aquellos planes que, efectivamente, hayan cumplido con la normativa vigente. Al respecto, el autor desde hace casi un año hizo una serie de recomendaciones (ver Página Abierta, Diario Extra del 14 de octubre del 2014: “Destrabando la planificación territorial”) para liberar esa gran presa, algo que es perfectamente realizable si de verdad se tiene disposición de parte de la autoridades.

 

Finalmente, es de gran importancia exigir a las autoridades de gobierno mayores espacios de diálogo participativo en la búsqueda de soluciones a estos graves problemas. Mantener la línea de imponer acciones como las de este decreto, sin una correcta racionalización de los lineamientos, lleva a perder tiempo muy valioso, y lo más grave, condena aún más al país a seguir por la equivocada senda de las ocurrencias inconsultas que explican en gran parte nuestro actual subdesarrollo.

Agua: urgente llamado a tomar acciones

El hecho de que en nuestro país llueva relativamente mucho y que tengamos muchos ríos y quebradas, así como acuíferos con aguas subterráneas, da la impresión de que ese recurso es casi infinito y que no hay motivo para preocuparnos. Empero, el problema es que no en todo el país llueve igual, ni en todo el país se tiene la misma disposición de agua, con el agravante de que tampoco en todo el país es igual el requerimiento que se tiene de ese vital líquido. Así, mientras en unos lugares todavía puede ser abundante, en otros, empiezan a detectarse claros indicios de que estamos a las puertas de una severa crisis que tendrá graves consecuencias para las comunidades, empresarios, e incluso para la flora y fauna silvestre. ¡Algo que debemos comprender y entender ya!, a fin de tomar acciones prontas y concretas en el menor plazo posible.  

AGUAS SUBTERRÁNEAS: los acuíferos subterráneos representan, en casi todo el país, la principal fuente de agua para el uso y consumo humano. Proviene tanto de la captación de manantiales o nacientes, como de pozos. Como hemos señalado ya, Costa Rica, por su condición geológica y características climáticas, tiene un alto potencial de aguas subterráneas.

 

Las aguas subterráneas funcionan, para una región, muy parecido a como funciona un tanque de agua para una casa. Es una reserva estratégica que puede ser utilizada siempre que no se consuma en una cantidad mayor a la recarga del tanque o reservorio. Es claro que si eso no sucede la cantidad de agua empezará a disminuir, pudiendo llegarse al gravísimo caso de que ya no funcione más como fuente de agua. Aunque parezca increíble para muchos, eso ya se empieza a notar en algunas áreas de nuestro país, implicando que las luces de alarma deberían encenderse de inmediato.

 

VALLE CENTRAL: como es bien sabido en la GAM vivimos casi el 60% de la población del país (en tan solo el 3.5 % del territorio continental). El agua subterránea representa entre el 60 y 70% de las fuentes de agua para las actividades humanas. Estas aguas subterráneas se albergan en varios acuíferos de origen volcánico que se originan en las laderas de los volcanes de la Cordillera Central (Poas, Barva e Irazú, principalmente),  así como en otros acuíferos menores dentro de rocas sedimentarias, pero que también tienen sus áreas de recarga en las zonas de montaña.

 

Una reciente revisión (abril del 2015) de la cantidad de pozos de extracción presentes en solo una parte de la GAM (cerca de 1000 km2 de las hojas cartográficas Abra, Barva, Naranjo y Río Grande) y registrados en el archivo de pozos del SENARA, señala que existen cerca de 4.000 pozos. A esta cantidad habría que sumarle algunos pozos del AyA y de la Dirección de Aguas del MINAE que no están registrados en el Archivo de Pozos del SENARA.

 

También habría que sumar una cantidad no precisa de pozos ilegales, es decir, de pozos que no están registrados oficialmente, ni tampoco autorizados.

 

Los estudios realizados por el autor junto a otros colaboradores, durante los últimos años, indican que para muchas áreas de la GAM la cantidad de agua subterránea que se extrae de esos pozos es mayor que la cantidad de agua que se está recargando. Algo que representa un primer indicio de que estamos a las puertas de un problema muy serio.

 

Otro indicio de este problema lo representa el hecho de que muchas de las fuentes de agua (manantiales) que se presentan en la zona montañosa que rodea la GAM han disminuido notablemente su caudal, o en su defecto se secan durante gran parte del año, algo que antes no sucedía. Esta situación coincide con el hecho de que durante los últimos años muchas de esas zonas de montaña de la GAM han sido objeto de impermeabilización por el desarrollo de construcciones y también de deforestación (aunque sea de cipreses), lo cual termina de agravar el cuadro. Gracias a la acción de las comunidades heredianas, una resolución de la Sala Constitucional del 2007 (Voto 2007-003923) ordenó precisamente a la Asamblea Legislativa adoptar una legislación que abarque a árboles no nativos como el ciprés, cuya función ecológica es vital para resguardar el acuífero del Barva, pero a la fecha se sigue talando grandes cantidades de ciprés, y nuestros diputados no logran ponerse de acuerdo.

 

Debido a que las aguas subterráneas se desplazan lentamente, el efecto de la disminución del reservorio en la GAM va a tardar un tiempo (pocos años), empero el problema ya está detectado y se seguirá incrementando durante los próximos años, en particular si se suma el tema de Cambio Climático y la variabilidad climática que ya todos estamos experimentando.

 

El efecto concreto es que los pozos y manantiales disminuirán su caudal e incluso se pueden secar. Ello con el agravante de que muchos de esos pozos y manantiales funcionan actualmente como fuente de agua para comunidades y condominios.

 

GUANACASTE: un estudio del 2014, de monitoreo realizado por personal técnico del SENARA para dos acuíferos de la zona (Huacas Tamarindo y Potrero Caimital), arroja resultados muy importantes sobre una clara reducción del reservorio de aguas subterráneas.

 

Ambos acuíferos representan una fuente muy importante de agua para diversas actividades humanas (comunidades, agricultura, turismo, entre otros), por lo que presentan una cantidad significativa de pozos de extracción de aguas subterráneas.

 

El monitoreo realizado por el SENARA, para los últimos 4 años, revela que dos años antes de que se iniciara el problema de merma de lluvias en Guanacaste, los niveles de agua en los pozos ya venía en descenso, por un asunto de sobreexplotación de pozos, particularmente durante la época seca. Esta situación se ha agravado con el inicio de las largas sequías, al punto de que para el 2014, en el caso del Acuífero Huacas Tamarindo, el descenso ya era de 4 metros. Situación que también se presenta para el Acuífero Potrero Caimital.

 

A esta situación se suma el hecho de que los pozos más cercanos al mar presentan intrusión salina, con lo cual hay que cerrarlos, por lo que aumenta la presión hacia los pozos que se encuentran más tierra adentro. Adicionalmente, también se presenta el problema de los pozos ilegales que incrementa aún más la sobreexplotación del acuífero.

 

Como se ve, aumentar la profundidad de los pozos para extraer el mismo caudal de agua, o poner nuevos pozos, no representa una solución sostenible a la falta de agua, por el contrario es una “solución” temporal, que con el tiempo agrava aún más el alarmante problema.

 

Problema que se vuelve de dimensiones mayores cuando estos datos se proyectan respecto a las proyecciones climáticas futuras y al hecho de que los datos de esos acuíferos pueden ser extrapolables a otros acuíferos en Guanacaste.

 

ACCIONES: nuevamente, como en casi todo, se requieren acciones concretas, de corto, mediano y largo plazo.

 

La primera gran tarea parte de la educación de los usuarios, en particular aquellos de que aprovechan aguas de pozos y manantiales, para que cobren conciencia sobre la importancia del uso racional del recurso y los graves riesgos que tiene la sobreexplotación de los acuíferos.

 

Es fundamental fortalecer las instituciones de gestión y control del uso del agua (superficial y subterránea). Las municipalidades deben jugar un papel clave en la gestión del agua de sus cantones.

 

Se debe impulsar iniciativas como el “cultivo del agua” por medio de la recolección y almacenamiento del agua de lluvia, así como la acción de que estas aguas recarguen los acuíferos y no sobrecarguen los cursos de agua superficial.

 

Es urgente uniformar las reglas legales para la gestión del recurso hídrico, por medio de la promulgación de una nueva ley o al menos de una Reglamento General a la ley actual, que contemple y modernice conceptos como la vulnerabilidad acuífera, la gestión del riesgo en los recursos hídricos y sus alcances para su manejo y uso sostenible.

 

En la GAM es fundamental evitar que se sigan deforestando e impermeabilizando las áreas de recarga acuífera. Al respecto, como hemos señalado, resulta clave terminar de actualizar y poner en vigencia el PRUGAM.

 

La creación de entes técnicos de investigación, como el Servicio Geológico de Costa Rica, a partir de la fusión de la Dirección de Investigación y Recursos Hídricos del SENARA y la Dirección de Geología y Minas del MINAE, también juega un papel relevante en la estrategia de fortalecimiento técnico y científico en el manejo de los recursos hídricos y de su investigación.

 

Finalmente, es vital y urgente que se tomen medidas concretas y alternativas para paliar los problemas de reducción del reservorio que tienen los acuíferos en Guanacaste y en particular los costeros. Es una bomba de tiempo que no se resuelve con la perforación de más pozos que aumentan la sobreexplotación. Se requiere urgente planificación e implementación de medidas. Cabe señalar que en varias partes de Heredia, municipios y la misma ESPH han perforado pozos a más de 250 metros sin lograr dar con el preciado líquido, ¡señal clara de que el potencial es limitado!

 

Se señalan aquí solo algunas de las acciones a tomar. Es claro que pueden surgir más. El primer gran paso deben darlo las autoridades de gobierno, ¡urge que tomen acciones concretas!